La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
- Recomendar que se organicen Cámaras de Comercio en los centros comerciales del Continente americano en donde exista un movimiento de exportación e importación cuya importancia justifique el establecimiento de tales asociaciones y que estas Cámaras de Comercio celebren entre sí convenios para el arbitraje extrajudicial de las controversias mercantiles.
- Que las asociaciones e instituciones del Comercio y de la industria de las repúblicas americanas hagan por todos los medios a su alcance propaganda de palabra y de hecho para establecer un sistema que permita solucionar fácil y satisfactoriamente las diferencias que ocurran entre comer- dantes e industriales.
- Se recomienda a la Alta Comisión Interamericana el estudio del principio del arbitraje obligatorio como medio de resolver las diferencias que se susciten entre comerciantes domiciliados en diferentes países.
(18 de febrero de 1928).