domingo, noviembre 1, 2026
Régimen de la administración militar de ocupación aliada: creación de AMGOT en Sicilia e Italia (1943), Declaración de Berlín de 1945 (68 UNTS 189), y transición civil hacia la soberanía bajo la Alta Comisión Aliada (HICOG, 1949-1955).

Gobierno Militar Aliado de los Territorios Ocupados (AMGOT)

Gobierno Militar Aliado de los Territorios Ocupados (AMGOT; fr. Gouvernement militaire allié; ingl. Allied Military Government of Occupied Territories, Allied Military Government (AMG)). Administración militar angloestadounidense de los territorios ocupados por los Aliados en Italia durante la Segunda Guerra Mundial, establecida a partir del desembarco en Sicilia de 1943. En la Alemania occidental, el gobierno militar de las tres Potencias occidentales fue sustituido en 1949 por la Alta Comisión Aliada (Allied High Commission, HICOG), órgano civil de supervisión que se disolvió en 1955, cuando la República Federal de Alemania recuperó la plena soberanía.

Régimen jurídico

AMGOT / AMG y el derecho de la ocupación bélica (1943–1945)

El AMGOT fue concebido por el Estado Mayor conjunto angloestadounidense en 1943 para asegurar la gobernabilidad y el orden civil inmediatamente detrás de las líneas del frente de combate. Fue puesto en funcionamiento por primera vez en julio de 1943 bajo el mando conjunto del general Dwight D. Eisenhower y el general Harold Alexander durante el desembarco aliado en Sicilia (Operación Husky).

Desde el punto de vista del Derecho Internacional, el Gobierno Militar Aliado operó enmarcado en el Derecho de la Guerra terrestre (arts. 42 a 56 del Reglamento de La Haya de 1907), que regula la autoridad militar sobre el territorio del Estado enemigo:

  1. Principio de continuidad legal y orden público: El comandante militar asume la potestad reglamentaria y de policía para restablecer el orden, respetando las leyes civiles ordinarias vigentes en tanto no amenacen la seguridad militar de las fuerzas de ocupación;
  2. Desnazificación y abrogación legislativa: Mediante proclamas y órdenes de gobierno militar, AMGOT procedió a la inmediata derogación de las leyes raciales, discriminatorias y totalitarias fascistas y nacionalsocialistas, clausurando los tribunales políticos especiales y disolviendo los cuadros de los partidos dictatoriales;
  3. Tribunales Militares de Gobierno: Ejercieron jurisdicción penal sobre la población local para reprimir sabotajes, infracciones de toque de queda y delitos cometidos contra el personal de las fuerzas aliadas.

En Italia, a medida que la autoridad fue transferida gradualmente al Gobierno italiano tras la rendición de septiembre de 1943 y su posterior declaración de guerra contra Alemania como cobeligerante, el AMGOT adoptó la denominación de Allied Control Commission (Comisión Aliada de Control).

La asunción de la autoridad suprema en Alemania (1945)

A diferencia de la ocupación ordinaria, tras la capitulación incondicional del Tercer Reich en mayo de 1945 no quedó en Alemania ningún gobierno central con capacidad representativa. Mediante la trascendental Declaración de Berlín de 5 de junio de 1945 (publicada en 68 UNTS 189), los Gobiernos de Estados Unidos, URSS, Reino Unido y Francia asumieron «la autoridad suprema respecto de Alemania», incluyendo la totalidad de las potestades gubernamentales, legislativas y judiciales. La doctrina iusinternacionalista (Hans Kelsen, Lord McNair) calificó esta situación como una occupatio sui generis resultante de la debellatio militar sin anexión territorial.

El régimen de ocupación militar se articuló a través del Consejo de Control Aliado para las cuestiones de Alemania en su conjunto, la Kommandatura Interaliada para el Gran Berlín, y los gobiernos militares directos ejercidos por cada Comandante en Jefe en su propia zona territorial de ocupación (OMGUS en la zona estadounidense, CCG/BE en la británica, CCFA en la francesa y SVAG en la soviética).

La Alta Comisión Aliada (HICOG, 1949–1955)

Con la división provocada por la Guerra Fría y la retirada soviética del Consejo de Control en 1948, las tres Potencias aliadas occidentales unificaron administrativamente sus zonas (Bizona y Trizona) e impulsaron el autogobierno democrático de los Länder occidentales, culminando en la aprobación de la Ley Fundamental de Bonn en mayo de 1949 y la fundación de la República Federal de Alemania (RFA).

Esta transformación institucional conllevó la sustitución del régimen militar directo por un órgano de supervisión civil: la Alta Comisión Aliada (Allied High Commission — HICOG), instituida en virtud del Estatuto de Ocupación de 8 de abril de 1949. Con sede en el hotel Petersberg frente a Bonn, estuvo integrada por tres Altos Comisionados civiles: John J. McCloy (Estados Unidos), Sir Ivone Kirkpatrick (Reino Unido) y André François-Poncet (Francia).

El Estatuto de Ocupación concedió a la RFA el ejercicio pleno de potestades ejecutivas, legislativas y judiciales, reservándose la Alta Comisión poderes específicos de supervisión en ámbitos delimitados: desmilitarización, relaciones diplomáticas exteriores, comercio exterior y pagos, control de la cuenca del Ruhr, desplazados y salvaguardia de las tropas aliadas.

La restauración plena de la soberanía alemana (1955)

A través del Acuerdo de Petersberg de noviembre de 1949 y la posterior revisión del Estatuto de Ocupación en 1951, los poderes reservados de la Alta Comisión fueron transferidos progresivamente al Gobierno federal encabezado por el Canciller Konrad Adenauer. Finalmente, mediante los Convenios de Bonn-París de 1952/1954 (Convention on Relations between the Three Powers and the Federal Republic of Germany), el Estatuto de Ocupación fue formalmente derogado y la Alta Comisión Aliada quedó disuelta el 5 de mayo de 1955, fecha en que la República Federal de Alemania recuperó la plena autoridad soberana en sus asuntos internos y externos y pasó a integrar la OTAN.

Práctica argentina y americana

Interlocución con la Alta Comisión Aliada

La Memoria 1951–1952 registra gestiones ante las autoridades alemanas y la Alta Comisión Aliada con motivo del viaje de instrucción del guardacostas Pueyrredón a puertos de Alemania en 1952. El episodio ilustra la presencia de la Comisión como interlocutor en actuaciones de una representación extranjera durante el régimen de ocupación.

Fuentes

Instrumentos

Documentos diplomáticos

  • Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 1951–52, Buenos Aires, s. f., p. 208 [PDF 105], apartado relativo a Alemania, punto 5.

Bibliografía

  • Calvo, C., Dictionnaire de droit international public et privé, Berlín, Puttkammer & Mühlbrecht; París, Guillaumin, 1885, t. II, pp. 33–35, voz «Occupation militaire».
  • Osmańczyk, E. J., The Encyclopedia of the United Nations and International Relations, 2.ª ed., Nueva York–Filadelfia–Londres, Taylor and Francis, 1990, p. 41, voz «AMGOT».
  • Osmańczyk, E. J., Encyclopedia of the United Nations and International Agreements, 3.ª ed., ed. A. Mango, Nueva York–Londres, Routledge, 2003, vol. 2, p. 808, voz «Germany, Tripartite Agreements, 1949».
  • Wiktor, C. L., Multilateral Treaty Calendar / Répertoire des traités multilatéraux 1648–1995, La Haya–Boston–Londres, Martinus Nijhoff, 1998, pp. 142 (Convenio IV de La Haya de 1907) y 434 (Declaración de Berlín de 1945).

Ver también

Tratado de paz, amistad y límites entre Bolivia y Paraguay (Buenos Aires, 21 de julio de 1938)

El Tratado de paz, amistad y límites entre Bolivia y Paraguay, firmado en Buenos Aires el 21 de julio de 1938, restableció la paz y confió la fijación de la frontera del Chaco a un arbitraje de equidad con límites expresamente establecidos. Se reproduce el texto español publicado en la memoria oficial argentina de 1938–1939.

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