martes, octubre 15, 2024

Congreso Interamericano de Autoridades de Enseñanza y Educadores (Décima Conferencia Interamericana, Caracas – 1954)

La Décima Conferencia Interamericana,

Resuelve:

1. Que durante la próxima reunión del Consejo Interamericano Cultural se celebre, en el mismo lugar, una reunión de Ministros y dirigentes de la educación nacional de los países americanos designados por los respectivos gobiernos.

2. Que el plan de trabajo de esa reunión se base en el programa educativo de la Organización de los Estados Americanos a que se refiere la resolución XLVIII de la Primera Reunión del Consejo Interamericano Cultural, dándosele preeminencia al estudio de uno o dos sectores educativos de los mencionados en el referido programa.

3. Que el temario de esa reunión lo prepare el Comité de Acción Cultural y lo someta a la consideración del Consejo de la Organización de los Estados Americanos para su aprobación y a fin de que, con tres meses de antelación, éste lo someta a los Estados Miembros.

4. Que para esta reunión, los gobiernos respectivos nombren sus representantes, tanto de la educación oficial como de la privada; y

Recomienda:

1. Que en la próxima reunión de Ministros de Educación, estudien la conveniencia de realizar en el futuro reuniones similares, fijen los períodos para llevar a cabo tales reuniones y decidan sobre el tipo de información general que deben presentar para apreciar el desarrollo del cumplimiento de las resoluciones internacionales en materia cultural y otros programas que se estimen valiosos para poder evaluar el avance educativo de América.

2. Que el Consejo Interamericano Cultural estudie la posibilidad y la conveniencia de que se celebren reuniones periódicas de rectores, decanos y profesores en relación con las reuniones propuestas de los Ministros j dirigentes de educación, con miras a considerar los problemas educativos de especial interés para las universidades americanas; y que el Consejo Interamericano Cultural someta las recomendaciones pertinentes a los gobiernos de los Estados Miembros, y que éstos las pongan en conocimiento de las entidades interesadas.

3. Que los gobiernos y educadores de América presten su más eficaz apoyo al excelente plan interamericano de seminarios de educación que desarrolla la Unión Panamericana.

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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). …