La Federación Interamericana de Abogados fue fundada, en la ocasión del Octavo Congreso Científico Americano (Washington, 1940; véase supra, Apéndice A, núm. 23), por un grupo de abogados, delegados a la Sección de Derecho Internacional, Derecho Público y Jurisprudencia de dicho Congreso y nacionales de trece países del ‘Continente.
La Federación se dedica a la consecución de las siguientes finalidades: establecer y mantener relaciones entre las asociaciones y organizaciones jurídicas de las naciones americanas, con objeto de constituir un foro para el intercambio de ideas; desarrollar la ciencia de la jurisprudencia con atención particular al estudio del derecho comparado, promover la uniformidad en la legislación comercial, y propagar y diseminar en América un conocimiento general de las leyes de todos los países americanos; sostener el honor de la profesión jurídica, y fomentar relaciones cordiales entre los juristas del Hemisferio Occidental; reunirse en conferencia de vez en cuando para discutir cuestiones de interés y para realizar los demás propósitos de la Federación.
Los elementos que integran este organismo son: asociaciones nacionales; organizaciones estaduales, provinciales, etc.; varias asociaciones de abogados dedicadas a ramas especializadas del derecho. Actualmente, hay organizaciones miembros de la Federación en dieciocho países americanos, a saber: Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, Estados Unidos de América, Haití, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Venezuela.
El órgano directivo principal es el Consejo, formado en parte por sendos Consejeros nacionales representativos de los distintos países miembros de la Federación, y en parte por otros Consejeros elegidos a discreción por la Asamblea de la misma. Hay también un Presidente, varios Vicepresidentes, un Secretario General, algunos Prosecretarios, un Tesorero, un Protesorero, un Secretario Ejecutivo, un Comité Ejecutivo, y un gran número de comités encargados de estudiar sendas materias especiales. Los gastos ordinarios de la Federación se sufragan con las cuotas pagadas por las asociaciones afiliadas a ella, pero el Secretario General puede aceptar contribuciones a cualquier tiempo, con la aprobación del Consejo.
La Primera Conferencia de la Federación Interamericana de Abogados (supra, núm. 113) tuvo lugar en la ciudad de La Habana, del 24 al 28 de marzo, 1941. Dicho organismo había pensado celebrar su Segunda Conferencia en Buenos Aires, en septiembre de 1942, pero ciertas dificultades insuperables «lo obligaron a aplazar esa reunión hasta 7 de agosto de 1943, en cuya fecha se reunirá en Río de Janeiro.
Oficina Principal de la Federación: 337 Southern Building, Washington, D. C. Obras a consultar: “Federación Interamericana de Abogados: Constitución, ” Revista de Derecho Internacional (La Habana), Año XIX, Número 75, Tomo XXXVIII, 30 Septiembre, 1940, pág. 19. “Federación Interamericana de Abogados: Reglamento Interno,” ibid., pág. 31. “El Octavo Congreso Científico Americano y la Federación Inter-Americana de Abogados,” por el Dr. Natalio Chediak, ibid., pág. 5. [El mismo número de la referida Revista contiene algunos otros breves trabajos referentes a la Federación.]
“ La Unión Panamericana y el Estudio del Derecho Comparado en las Américas, ” por Manuel S. Canyes, Boletín de la Unión Panamericana, Vol. LXXVI (1942), pág. 668. “ Reunión del Consejo y Comités de la Federación Interamericana de Abogados, ” ibid., Vol. LXXVII (1943), pág. 296. “ Post-War Plans of the Inter-American Bar Association, ” por William R. Vallan ce, American Joumdl of International Law, Vol. 37, enero de 1943, pág. 106. Inter-American Bar Association. Organization of the Association and Proceedings of the First Conference, Heldat Habana, Cuba, March 24-28,1941. English Edition (Washington), Vol. I. [No está indicada la fecha de publicación. Todavía no ha salido a luz la edición castellana de este volumen.] Véase también supra, Apéndice A, núm. 113, “Obras a Consultar.”