viernes, julio 26, 2024

Buenos oficios y mediación (Séptima Conferencia Internacional Americana, Montevideo – 1933)

La Séptima Conferencia Internacional Americana;

Con el objeto de establecer un método para el arreglo pacífico de las disputas entre Estados cuando otros métodos no han sido aplicados para ese fin, por una razón cualquiera:

Resuelve,

Que nunca se considerará como un acto inamistoso el que uno o varios Estados ofrezcan sus buenos oficios o su mediación a otros Estados, empeñados en una controversia que amenace interrumpir o interrumpa de hecho las relaciones pacíficas con el fin de que tales diferencias puedan ser arregladas evitando el recurrir o poniendo fin a los medios de violencia entre los Estados en conflicto. Los buenos oficios o mediación arriba mencionados no seria aplicables cuando hayan comenzado a aplicarse otros medios de solución pacífica, derivados de Tratados o de acuerdo entre las partes, para el arreglo de las disputas internacionales.

(Aprobada el 23 de diciembre de 1933).

Ver también

Decreto 52180/1934 – PODER EJECUTIVO – Prestando adhesión al Tratado de Renuncia a la Guerra – Pacto Briand-Kellog (27/08/1928)

PODER EJECUTIVO Decreto 52180/1934 Fecha de Publicación en B.O.: 14/03/1935 Ministerio de Relaciones Exteriores y …