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CIDH presenta caso sobre Ecuador a la Corte IDH

CIDHCIDH presenta caso sobre Ecuador a la Corte IDH

18 de diciembre de 2013

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) el Caso No. 11.576, José Luís García Ibarra y familia vs. Ecuador.

Los hechos de este caso están relacionados con la ejecución extrajudicial del niño José Luís García Ibarra el 15 de septiembre de 1992, cuando tenía 16 años de edad, por parte de un funcionario de la Policía Nacional, quien se encontraba asignado al Comando Provincial de la Policía Nacional No. 14 de la ciudad de Esmeraldas. El niño García Ibarra se encontraba en un lugar público con un grupo de amigos cuando el funcionario policial se acercó y tuvo una riña con un adolescente que se encontraba en el lugar. En el marco de dicha riña, el funcionario policial disparó el arma de fuego en perjuicio de José Luís García Ibarra, quien falleció inmediatamente.

A pesar de la gravedad de los hechos, pasados más de nueve años, la investigación y proceso penal culminaron con una sentencia condenatoria por homicidio inintencional, con una pena de 18 meses de prisión. El proceso judicial incumplió los estándares mínimos en materia de justicia para este tipo de hechos. La demora de más de nueve años no obedeció a la práctica de diligencias sino a la negligencia e inactividad de las autoridades internas. En ningún momento de la investigación, ni en la etapa inicial ni posteriormente, se efectuaron las diligencias mínimas que los estándares internacionales en materia de ejecuciones extrajudiciales indican como elementos fundamentales para esclarecer una hipótesis de “homicidio accidental” o de “enfrentamiento”. Específicamente, las autoridades de investigación omitieron practicar pruebas técnicas que pudieran haber esclarecido los hechos. La Corte Suprema de Justicia de Ecuador reconoció la existencia de ciertas irregularidades, pero no adoptó medida alguna para corregirlas. En suma, la ejecución extrajudicial de José Luís García Ibarra se encuentra en impunidad parcial y su familia no cuenta con un esclarecimiento judicial de lo sucedido.

El caso se envió a la CorteIDH el 23 de noviembre de 2013 porque el Estado de Ecuador no dio respuesta al Informe de Admisibilidad y Fondo de la Comisión. En consecuencia, la Comisión no contó con ninguna información sobre el cumplimiento de las recomendaciones.

En el informe de fondo, la Comisión recomendó al Estado realizar una investigación completa y efectiva de las violaciones de derechos humanos declaradas por la CIDH; reparar adecuadamente las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe tanto en el aspecto material como moral; y disponer mecanismos de no repetición. Estos mecanismos deben incluir, entre otros, programas de capacitación dirigidos a la Policía Nacional y medidas para investigar con la debida diligencia y de conformidad con los estándares internacionales relevantes, la necesidad y proporcionalidad del uso letal de la fuerza por parte de funcionarios policiales, de manera que existan protocolos eficaces que permitan implementar mecanismos adecuados de control y rendición de cuentas frente al actuar de dichos funcionarios.

El presente caso le permitirá a la Corte Interamericana pronunciarse sobre la problemática de las ejecuciones extrajudiciales derivadas de la estigmatización social de adolescentes de escasos recursos como posibles delincuentes, una materia de la mayor relevancia y actualidad para el continente. Este caso constituye una manifestación de ausencia de control y mecanismos de rendición de cuentas al interior de las instituciones policiales, especialmente cuando se crean unidades “anti pandillas” con el objetivo de enfrentar a un sector específico de la población que, bajo la Convención Americana, es sujeto de especial protección.

Por otra parte, el caso plantea aspectos fundamentales sobre cómo debe responder un Estado, en términos de justicia, a un hecho de la gravedad de la ejecución extrajudicial de un adolescente por parte de un policía asignado a la protección de la población. Este caso presenta la particularidad de contar con una sentencia condenatoria por el delito de homicidio “inintencional”. La CIDH considera que esta sentencia que generó impunidad trasciende a la familia de la víctima y afecta el orden público interamericano, en un contexto de necesario afianzamiento de los estándares interamericanos en materia de justicia de graves violaciones de derechos humanos, tales como las ejecuciones extrajudiciales.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Press Release 99/13

IACHR Takes Case involving Ecuador to the Inter-American Court

December 18, 2013

Washington, D.C. –  The Inter-American Commission on Human Rights (IACHR) filed an application with the Inter-American Court of Human Rights in Case No. 11.576, José Luis García Ibarra and Family v. Ecuador.

The facts of this case have to do with the extrajudicial execution of the child José Luis García Ibarra on September 15, 1992, when he was 16 years old, by a National Police officer who had been assigned to Provincial Command No. 14 of the National Police in the city of Esmeraldas. The child García Ibarra was in a public place with a group of friends when the policeman came over and had a fight with an adolescent who was there. During that fight, the police officer shot José Luis García Ibarra, who died immediately.

Despite the seriousness of the incident, more than nine years went by before the investigation and criminal case ended with a conviction for unintentional homicide, with a sentence of 18 months in prison. The judicial process failed to meet the minimum standards of justice for these types of incidents. The delay of more than nine years was not due to the steps in the proceedings but rather to the domestic authorities’ negligence and failure to act. At no time in the investigation, either in the initial stage or thereafter, did the authorities take the minimal steps that international standards concerning extrajudicial executions indicate as essential to shed light on a theory of “accidental homicide” or “homicide in a confrontation.” Specifically, the investigating authorities failed to perform technical tests that could have clarified the facts. Ecuador’s Supreme Court of Justice recognized the existence of certain irregularities but took no measures at all to correct them. In short, the extrajudicial execution of José Luis García Ibarra is in a state of partial impunity, and his family has had no judicial clarification of what happened.

The case was sent to the Inter-American Court on November 23, 2013, because the State of Ecuador did not respond to the Commission’s admissibility report and report on the merits. As a result, the Commission did not have any information regarding compliance with its recommendations.

In the report on the merits, the Commission recommended that the State undertake a complete and effective investigation into the human rights violations determined by the IACHR; provide adequate material and moral reparation for the human rights violations determined in the report; and order mechanisms to prevent recurrences. These mechanisms should include, among others, training programs geared toward the National Police and measures to investigate, with due diligence and in accordance with the relevant international standards, the need for and proportionality of the use of lethal force by police officers, so that there are effective protocols in place that enable the implementation of adequate mechanisms for control and accountability for their actions.

This case will enable the Inter-American Court to issue an opinion on the problem of extrajudicial executions stemming from the social stigmatization of low-income adolescents as potential criminals, an issue of major relevance and timeliness in the Americas. This case demonstrates the lack of controls and accountability mechanisms inside police institutions, especially when “anti-gang” units have been created to confront a specific segment of the population that is subject to special protection under the American Convention.

Moreover, the case raises fundamental aspects such as how a State should respond, in terms of justice, to a grave act such as the extrajudicial execution of an adolescent by a police officer assigned to protect the population. A particular feature of this case is that it involves a conviction for the crime of “unintentional” homicide. The Commission believes that this verdict, which led to impunity, goes beyond the victim’s family and affects law and order in the region, in a context in which inter-American justice standards need to be reinforced when it comes to grave human rights violations such as extrajudicial executions.

A principal, autonomous body of the Organization of American States (OAS), the IACHR derives its mandate from the OAS Charter and the American Convention on Human Rights. The Inter-American Commission has a mandate to promote respect for human rights in the region and acts as a consultative body to the OAS in this area. The Commission is composed of seven independent members who are elected in an individual capacity by the OAS General Assembly and who do not represent their countries of origin or residence.

Contact Info / Información de Contacto

María Isabel Rivero
IACHR Press Director / Directora de Prensa de la CIDH
1889 F Street NW, Washington, DC, 20009, United States of America / Estados Unidos de América
Tel. (1) 202 370 9001
[email protected]

 

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