Representación de las Naciones Unidas en las Conferencias Interamericanas
La IX Conferencia Internacional Americana,
Hace suyas las recomendaciones que le fueron sometidas por el Consejo Directivo de la Unión Panamericana sobre representación de las Naciones Unidas en las Conferencias Interamericanas y en las Reuniones de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, y sobre participación de Organismos Internacionales en las Conferencias Especializadas Interamericanas, y Resuelve:
En cada caso debe invitarse a las Naciones Unidas para que se hagan representar en las Conferencias Interamericanas y Reuniones de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante su Secretario General o un Suplente, en caso de que el Secretario General no pueda asistir personalmente, a fin de que los Miembros de la Organización Mundial puedan ser informadas sobre las labores y las conclusiones de esas Conferencias.
Cuando se estime conveniente requerir la participación en Conferencias Especializadas Interamericanas, de Organismos Especializados Interamericanos, de Organismos Internacionales que no sean parte de la Organización de los Estados Americanos, o de gobiernos que no sean Miembros de ella, se autorizará al Consejo de la Organización para tomar una resolución al respecto. En estos casos la participación podría ser solicitada por cualquier Miembro del Consejo o propuesta por el órgano del Consejo o por el Organismo Especializado encargado de preparar el programa y reglamento de la Conferencia.