domingo, abril 28, 2024
Segunda Conferencia de la Paz, La Haya el 18 de octubre de 1907
Delegación rusa a la Conferencia de Paz de La Haya de 1899. El profesor Martens, quien encabezó esta delegación, es considerado uno de los artífices de la misma.

Primera Conferencia de la Paz, La Haya 29 de julio de 1899

ACTA FINAL DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE LA HAYA

La Conferencia Internacional de la Paz, convocada por un alto sentimiento de humanidad de Su Majestad el Emperador de todas las Rusias, se ha reunido a invitación de Su Majestad la Reina de los Países Bajos, en la Casa Real del Bosque, en La Haya, el 18 de mayo de 1899.

Las potencias, cuya enumeración sigue, han tomado parte en la Conferencia para la cual ellas habían designado los Delegados nombrados en seguida:

Alemania.
Austria-Hungria.
Bélgica.
China.
Dinamarca.
España.
Estados Unidos de America.
Estados Unidos Mexicanos.
Francia.
Gran Bretaña e Irlanda.
Grecia.
Italia.
Japón.
Luxenlburgo.
Montenegro.
Países Bajos.
Persia.
Portugal.
Rumania.
Rusia.
Servia.
Siam.
Suecia y Noruega.
Suiza.
Turquía.
Bulgaria.

Luego de una serie de reuniones celebradas desde el 18 de mayo hasta el 29 de julio de 1899, donde los Delegados precitados inspirados del deseo de realizar con la mayor amplitud posible las miras generosas del Augusto iniciador de la Conferencia y las intenciones de sus Gobiernos, la Conferencia ha aprobado, para ser sometidos a la firma de los Plenipotenciarios, el texto de las Convenciones y Declaraciones enumeradas más abajo y anexas a la presente acta.

I. Convención para el arreglo pacífico de los conflictos internacionales;

II. Convención concerniente a las leyes y costumbres de la guerra terrestre;

III. Convención para la adopción a la guerra marítima de los principios de la Convención de Ginebra de 24 de agosto de 1864:

IV. Tres declaraciones concernientes a :

1 .º La prohibición de lanzar proyectiles y explosivos desde arriba de globos ó por otros medios análogos;

2.º Prohibición de emplear proyectiles que tengan por único fin esparcir gases asfixiantes ;

3.º Prohibición de emplear balas que estallen ó que se aplastan fácilmente dentro del cuerpo humano, tales como las balas de cubierta dura y cuya cubierta no cubre totalmente la cápsula, ó que estuviera provista de incisiones.

Estas Convenciones y Declaraciones formarán otras tantas actas separadas. Esas actas tendrán la fecha de este día y podrán ser firmadas hasta el 31 de diciembre de 1899 por los Plenipotenciarios de las potencias representadas en la Conferencia Internacional de la Paz en La Haya.

Obedeciendo a las mismas inspiraciones, la Conferenciaba adoptado por unanimidad la resolución siguiente:

«La Conferencia estima que la limitación de los desembolsos militares que actualmente pesan sobre el mundo es grandemente deseable para el engrandecimiento del bienestar material y moral de la humanidad.»

Ella, además, ha emitido los votos siguientes :

1 .º La Conferencia, tomando en consideración las gestiones preliminares hechas por el Gobierno Federal de Suiza para la revisión de la Convención de Ginebra, hace votos en el sentido de que se proceda, a la brevedad posible, a la reunión de una Conferencia especial que tenga por objeto la revisión de esa Convención .

Este voto fue aprobado por unanimidad.

2 .º La Conferencia emite el voto de que las cuestiones de derechos y de deberes de los neutrales sea inscrita en el programa de una nueva Conferencia.

3 .º La conferencia emite el voto de que las cuestiones relativas a las fusiles y a los cañones de marinas, tales como han sido examinadas por ella, sean sometidas al .estudio de los Gobiernos, en miras de llegar a un acuerdo tocante al uso de nuevos tipos y calibres.

4 .º La Conferencia emite el voto de que los Gobiernos, teniendo en cuenta las proposiciones hechas en la Conferencia, estudien la posibilidad de un acuerdo concerniente a la limitación de las fuerzas de mar y tierra y de los desembolsos de guerra.

5 .º La Conferencia emite el voto de que la proposición tendente a declarar la inviolabilidad de la propiedad privada en la guerra marítima sea sometida nuevamente al examen de una Conferencia ulterior.

6 .º La Conferencia emite el voto de que la preposición para reglamentar la cuestión de bombardeos de puertos, ciudades y aldeas por una fuerza naval, sea devuelta al examen de una nueva Conferencia.

Los cinco últimos votos fueron aprobados por unanimidad, salvo algunas abstenciones.

En fe de lo cual, etc., etc.

Hecha en la Haya el veintinueve de julio de mil ochocientos noventa y nueve, en un solo ejemplar que será depositado en el ministerio de Negocios Extranjeros y cuyas copias, certificadas conformes, serán entregadas a todas las potencias representadas en la Conferencia.