viernes, marzo 29, 2024

Policia sanitaria (Cuarta Conferencia Internacional Americana, Buenos Aires – 1910)

Los que suscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Cuarta Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han aprobado la siguiente Resolución:

La Cuarta Conferencia Internacional Americana, reunida en Buenos Aires,

Resuelve:

  1. Recomendar a los Gobiernos que no lo han hecho, que adopten la Convención Sanitaria Internacional de Washington.
  2. Recomendar asimismo que adopten las Recomendaciones de la Tercera y Cuarta Conferencias Sanitarias.
  3. Redactar el Artículo IX de la Convención de Washington así: “Para que una circunscripción no se considere ya como contaminada, se necesita la comprobación oficial satisfactoria para ambas partes interesadas: 1º.) de que no ha habido defunciones ni casos nuevos de peste o cólera desde hace cinco días, sea después del aislamiento, sea después de la muerte o curación del último pestoso o colérico; en los casos de fiebre amarilla, el período será de diez y ocho días; pero los Gobiernos se reservan el derecho de prolongar este período contra aquellos países donde no se observan las medidas de aislamiento y desinfección y destrucción de mosquitos; 2º.) que todas las medidas de desinfección han sido aplicadas y si se trata de los casos de peste, que se han ejecutado las medidas contra las ratas, y en el caso de fiebre amarilla, se han ejecutado las medidas contra los mosquitos.”
  4. Encarecer a todas las Repúblicas que se hagan representar en la próxima Conferencia Sanitaria que se celebrará en Santiago de Chile.

Hecho y firmado en la ciudad de Buenos Aires a los diez y ocho días del mes de Agosto de mil novecientos diez, en español, inglés, portugués, y francés y depositado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina, a fin de que se saquen copias certificadas para enviarlas, por la vía diplomática, a cada uno de los Estados signatarios.

[Siguen las firmas de delegados de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, los Estados Unidos de América, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, la República Dominicana, Uruguay y Venezuela.]

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Nicolas Boeglin

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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). …