martes, diciembre 5, 2023

Persecuciones por motivos raciales o religiosos (Octava Conferencia Internacional Americana, Lima – 1938)

Las Repúblicas representadas en la Octava Conferencia Internacional Americana,

Declaran:

1º.—Que dentro del principio fundamental de la igualdad ante la ley, toda persecución por motivos radales o religiosos que coloque a una porción de seres humanos en la imposibilidad de subsistir decorosamente, contraría sus regímenes políticos y jurídicos;

2°.—Que la concepción democrática del Estado garantiza a todos los individuos condiciones esenciales para desarrollar sus legítimas actividades en un plano de dignidad; y,

3°.—Que aplicarán siempre dichos principios de solidaridad humana.

(Aprobada el 23 de diciembre de 1938.)

Ver también

Nicolas Boeglin

Gaza / Israel: a propósito del anuncio hecho por Sudáfrica de una acción conjunta ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). …

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