jueves, marzo 28, 2024

Conferencias Especializadas Interamericanas (Décima Conferencia Interamericana, Caracas – 1954)

La Décima Conferencia Interamericana,

Considerando:

Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos, después de un estudio realizado por la Comisión de Conferencias Interamericanas, ha adoptado las “Normas para el Ejercicio de las Atribuciones del Consejo con Respecto a las Conferencias Especializadas”; y

Que deben ser adoptadas en forma general por la Organización de los Estados Americanos normas definitivas en relación con todas las Conferencias Especializadas Interamericanas,

Resuelve:

1. Remitir al Consejo de la Organización de los Estados Americanos, para su estudio, el proyecto y demás documentos sometidos a la Décima Conferencia en relación con el asunto “Conferencias Especializadas Interamericanas”.

2. Autorizar al Consejo de la Organización de los Estados Americanos para que adopte, previa consulta con otros órganos interesados, las normas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de la Carta, respecto a todas las conferencias especializadas.

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Nicolas Boeglin

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