jueves, marzo 28, 2024

Consejo Permanente de Asociaciones Americanas de Comercio y Producción

El germen de este organismo se encuentra en los acuerdos de varias conferencias americanas, como queda indicado en el Acta de Constitución del propio Consejo. En el primero de dichos acuerdos, la Sexta Conferencia Internacional Americana (La Habana, 1928) encomendó a la Cuarta Conferencia Comercial Panamericana (Washington, 1931; véase supra, Apéndice A, núm. 57) el estudio cuidadoso de “ la forma más eficaz de aumentar y estrechar las relaciones entre las organizaciones comerciales de los países miembros de la Unión Panamericana,” recomendando asimismo a las asociaciones comerciales americanas el establecimiento entre sí de “ relaciones de cooperación las más estrechas posibles.” La Cuarta Conferencia Comercial resolvió, a su vez, propiciar la constitución de una federación interamericana de asociaciones comerciales, de carácter privado, destinada a representar los intereses económicos de todos los países del Continente. Esta resolución ganó, en 1933, la aprobación expresa de la Séptima Conferencia Internacional Americana, reunida en Montevideo. En 1934, la Conferencia de Cámaras de Comercio, celebrada en Valparaíso, resolvió crear una Confederación de tales Cámaras, con carácter permanente. Dicha Confederación, si bien fue creada, no pudo proseguir en su actuación, por falta de los recursos económicos necesarios. Por último, la Conferencia Americana de Asociaciones de Comercio y Producción (Montevideo, 1941; véase supra, Apéndice A, núm. 53) aprobó ud-referendum una Convención para la creación del Consejo Permanente de Asociaciones Americanas de Comercio y Producción, organismo destinado a funcionar como Cámara de Comercio Panamericana. La Mesa de la propia Conferencia quedó investida del carácter de Comisión Provisional para llevar adelante el proyecto de dar vida al propuesto organismo.

Esta situación subsistió hasta la fecha de la primera reunión plenaria del Consejo, verificada en Santiago de Chile y Valparaíso, del 17 al 22 de julio, 1942, durante la cual se trató de los asuntos indicados a continuación : revisión de las conclusiones adoptadas por la Conferencia de Asociaciones de Comercio y Producción, y redacción de conclusiones complementarias; revisión del Acta de Constitución del Consejo, en la forma propuesta por la Comisión Provisional; consideración de varias proposiciones formuladas por las entidades miembros del Consejo; elección de la Primera Comisión Ejecutiva. Concurrieron a esa reunión plenaria, delegados representativos del Canadá y de todas las Repúblicas americanas excepto El Salvador.

Según los términos de la ya referida Acta de Constitución revisada, el objetivo general del nuevo organismo es, “contribuir al desarrollo de las relaciones económicas” de los países representados, “entre sí y con los países no americanos.” Más específicamente, el Consejo aspira a satisfacer la necesidad sentida por las asociaciones americanas de comercio y producción “de organizarse para su mejor orientación frente a los arduos problemas económicos actuales y a los nuevos rumbos del comercio exterior de las naciones del continente, en los diversos aspectos que requieran información coordinada o comparada de los propios organismos nacionales económicos de carácter privado en una gestión común.”

Son miembros corporativos del Consejo, las Asociaciones en que se inviste, en cada país, la representación permanente del comercio y de la producción, y que subscriben o se adhieren a la Convención para la constitución de dicho organismo. Son “Cooperadoras” del mismo, con derecho a utilizar sus informes y recibir sus publicaciones, gratuitamente o a precios especiales, las instituciones, sociedades y personas que contribuyen a su sostenimiento y son aceptados con el expresado carácter por la Comisión Ejecutiva. El Consejo tiene miembros activos en los veintidós países americanos. Kn agosto de 1943, contaba entre sus miembros corporativos a setenta y ocho entidades de carácter comercial, industrial o agrícola (Cámaras de Comercio nacionales, uniones industriales nacionales, sociedades nacionales interesadas en diferentes aspectos de la agricultura, etc.).

Cada nación representada en el Consejo dispone de un solo voto, a cuyo fin, y para coordinar las labores de las varias entidades miembros del organismo internacional, se están constituyendo en los países afiliados, sendas Comisiones Nacionales integradas por un delegado de cada entidad nacional adherida, o, en los países que cuentan con una sola entidad asociada, por la Junta Directiva de ésta. I-as asociaciones miembros del Consejo asumen en sus propios países, por medio de las respectivas Comisiones Nacionales, la representación de la referida entidad internacional, colaborando con ella, suministrándole las informaciones económicas que le interesen, y cooperando a su sostenimiento mediante contribuciones monetarias, servicios especiales y donación de materiales. A mediados de 1943, ya estaban constituidas las Comisiones Nacionales de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, Estados Unidos de América, México, Paraguay, Perú, Uruguay. Cinco países más (Canadá, Colombia, Cuba, Nicaragua, Venezuela) se ocupaban activamente en formar tales Comisiones.

Las reuniones del Consejo han de tener lugar rotativamente, con la frecuencia que las circunstancias aconsejen, por acuerdo del mismo o cuando lo decida la Comisión Ejecutiva, por sí o a petición de no menos de tres grupos nacionales. Las sesiones plenarias se celebrarán en las capitales políticas, o en las principales plazas comerciales, de los países americanos señalados al efecto por el Consejo o por la Comisión Ejecutiva.

Dicho órgano ejecutivo está integrado por siete individuos—el Presidente, el Vicepresidente, y cinco Vocales—electos por el Consejo Permanente cada tres años, no pudiendo ninguna entidad o grupo nacional de entidades tener a más de un miembro en la Comisión. Podrán ser temporalmente adscriptos a este órgano, en calidad de Asesores, algunos delegados de organismos internacionales, especializados en estudios de economía americana. Hay, además, un Secretariado de la Comisión, integrado por el Secretario General, el Vicesecretario, el Oficial Primero, el Traductor-intérprete, el Taquígrafo-mecanógrafo, dos auxiliares, y el Ordenanza. Los países representados en la primera Comisión Ejecutiva son: Argentina (por el Presidente de la Comisión); Uruguay (por el Vicepresidente): Brasil; Chile; Estados Unidos de América; México; Perú. La Comisión se halla encargada de las siguientes funciones: cumplimiento de las resoluciones de la ya referida Conferencia de 1941, revisadas y ampliadas por el Consejo Permanente en 1942, y ejecución de las adoptadas por las Conferencias posteriores de la misma serie; realización de los estudios y gestiones que le encomiende el Consejo; organización y gestión administrativa del Secretariado; constitución de organizaciones complementarias, y cambio de servicios y documentación con las organizaciones ya existentes; nombramiento de asesores y comisiones de estudio; presentación de una Memoria anual de sus propios trabajos, y gestión y reglamentación de la Convención sobre constitución del Consejo. Está facultada para recibir cuotas periódicas, subsidios y donaciones destinados al sostenimiento del Secretariado, así como para hacer los pagos y nombramientos necesarios a tal fin. También podrá organizar y convocar reuniones de miembros del Consejo con carácter de conferencias regionales o específicas de productoras y comerciantes de un mismo ramo, así como reuniones especiales con las Asociaciones de un solo país afiliadas al Consejo; y asimismo podrá invitar a colaborar en cualquiera de sus sesiones a representantes de entidades económicas, o a expertos de igual carácter, cuya colaboración con sidere conveniente. Corresponden, además, al Presidente o, en su defecto, al Vicepresidente, varias otras funciones especificadas en las Normas Reglamentarias del Consejo.

Entre los trabajos llevados al cabo ya por este organismo internacional, son especialmente notables las monografías que tiene publicadas sobre recomendaciones internacionales referentes al comercio, a la estabilidad monetaria en los países latinoamericanos, a varios problemas de producción, etc., etc. Se ha aplazado, en cambio, la publicación de un órgano periódico, debido a las dificultades existentes en la remisión de impresos.

Sede del Consejo: Edificio de la Bolsa de Comercio, Misiones 1400, Montevideo, Uruguay.

Obra a consultar: Consejo Permanente de Asociaciones Americanas de Comercio y Producción, Plan de Trabajo de la Comisión Ejecutiva {Acta de la Primera Sesión Celebrada por la Misma los Días 9 y 10 de Diciembre de 1942) (Montevideo, febrero de 1943). [Folleto que contiene, además del Acta de la mencionada Sesión, el texto revisado de las resoluciones de la Conferencia de 1941, el Acta de Constitución del Consejo, las Disposiciones Reglamentarias adoptadas por el Consejo en su Primera Reunión Plenaria, la relación de los Miembros Corporativos del Consejo, y la de los miembros de la Comisión Ejecutiva de 1943-1945.] Algunos datos adicionales, contribuidos por el Vice secretario de la Comisión, aparecen también en la presente sinopsis.

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Nicolas Boeglin

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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). …