miércoles, abril 24, 2024

Conferencias de carácter técnico (Octava Conferencia Internacional Americana, Lima – 1938)

Por Cuanto:

La Convención sobre la Unión Panamericana suscrita en la Sexta Conferencia Internacional Americana3 autoriza al Consejo Directivo de la Unión Panamericana para promover la reunión de conferencias especiales para el estudio de problemas de carácter técnico de interés común para los países miembros de la Unión;

La reunión de tales conferencias facilitará la adopción de acuerdos sobre cuestiones técnicas; y,

De esa manera se metodizaría el desarrollo normal de las relaciones de todo orden entre los países de las Américas y se facilitaría el trabajo de las Conferencias Interamericanas ordinarias concentrando sus actividades a programas reducidos y armónicos que prescindan de asuntos técnicos que por diversas circunstancias no se pueden estudiar hoy apropiadamente,

La Octava Conferencia Internacional Americana,

Resuelve:

1º.—Pedir al Consejo Directivo de la Unión Panamericana que convoque cuando sea necesario conferencias de representantes plenipotenciarios de las Repúblicas Americanas para considerar cuestiones de carácter técnico de común interés para los países miembros de la Unión;

2°.—Que en el programa de las futuras Conferencias Internacionales Americanas se dé preferencia a las cuestiones relacionadas con la Organización de la Paz y a las que deben regir las relaciones políticas generales entre las Repúblicas Americanas,

3°.—Que el Consejo Directivo de la Unión Panamericana, en consideración al ritmo más acelerado de los acontecimientos interamericanos, determine la posibilidad de convocar las Conferencias Internacionales Americanas, en plazo más breve del hasta hoy acostumbrado.

(Aprobada el 24 de diciembre de 1938.)

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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto …