jueves, abril 18, 2024

Carácter transitorio de las medidas de restricción y control (Cuarta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, Washington – 1951)

La Cuarta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores,

Declara:

Que las medidas de restricción y de control de emergencia contempladas en diversas resoluciones de la Cuarta Reunión de Consulta, deben ser consideradas como medidas transitorias exigidas por el esfuerzo de defensa común y reconoce por consiguiente, la conveniencia de que sean eliminadas tan pronto como desaparezcan las circunstancias que hayan motivado su establecimiento.

Ver también

Compañía Eléctrica de Sofía y Bulgaria (Medidas Provisionales) (Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Permanente de Justicia Internacional)

Orden de 5 de diciembre de 1939 (Serie A/B, nº 79) Decimosexto Informe Anual de …