martes, abril 23, 2024

Declaraciones (Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, Ciudad de México – 1945)

Ecuador

La Delegación del Ecuador, considera que el numeral 4º de la “Declaración de México”, (Resolución XI), para guardar la debida conformidad con el numeral 1º. de la Resolución XXXIX sobre “Sistema Interamericano de Paz”, deberla decir:

“El Territorio de los Estados Americanos es inviolable y es también inmutable, salvo el caso de la aplicación de medios pacíficos.”

Guatemala:La Delegación de Guatemala, en presencia de la Resolución No. XII sobre “Reafirma­ción de-los Principios de la Carta del Atlántico”, mantiene en toda su amplitud la reserva formulada por la Delegación de Guatemala en la III Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas, celebrada en Río de Janeiro, en 1942, con respecto al punto relativo a la autodeterminación de los pueblos, en cuanto ese principio pudiera interferir con los derechos de la República de Guatemala sobre el Territorio de Belice.

Por lo demás, la Delegación guatemalteca apoya los elevados principios de la Carta del Atlántico, y ruega que esta declaración se incluya textualmente en el Acta Final de la Conferencia, a fin de que la entusiasta aceptación de ese importante documento, por parte de Guatemala, no pueda, en ningún tiempo, perjudicar sus evidentes derechos sobre el territorio mencionado.

Perú:La Delegación del Perú refiriéndose a la “Declaración de Principios Sociales de América” expresa su más viva simpatía al contenido de las declaraciones de la parte resolutiva, pero deja constancia que su cumplimiento estará sometido a las disposiciones de las Leyes peruanas-en cuanto al Perú se refiere.

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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto …