martes, abril 23, 2024

Acuerdo de Potsdam 1945

(f. Accord de Potsdam 1945, i. Potsdam Agreement 1945, r. Potsdamskoe soglashénie 1945), llamado también Convenio de Potsdam. Acuerdo general int. al terminar la II G.M. en Europa, firmado el 2 VIII 1945, en Potsdam, cerca de Berlín, por. el presidente de los EU Harry Truman y los primeros ministros de la Gran Bretaña C. Attlee y de la URSS J. V. Stalin; fue la base de los tratados firmados en 1947 con Bulgaria, Finlandia, Rumania, Hungría e Italia, en 1951 con Japón y en 1955 con Austria, de los acuerdos cuatripartitos de 1971 sobre Berlín Occidental, de los acuerdos sobre la responsabilidad de las cuatro potencias por el arreglo pacífico de los problemas alemanes; fue también la base del reconocimiento de la frontera entre Polonia y la RDA en el Odra y el Nysa Lusaciano por parte de la RDA en 1950 y de la RFA en 1972.

El acuerdo tiene forma de comunicado sobre la Conferencia de Potsdam y las decisiones tomadas en ella. El comunicado sobre las decisiones de Potsdam termina con la palabra «aprobado», las firmas de J. V. Stalin, Harry S. Truman y C. A. Attlee y la fecha «Berlín, 22 de agosto de 1945».

Después de una introducción sobre el desarrollo de la Conferencia y sobre la creación del Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de las Grandes Potencias, comienza el capítulo III titulado Los aliados y Alemania:

Alemania está enteramente ocupada por los Ejércitos Aliados y el pueblo alemán ha comenzado a expiar los terribles crímenes cometidos bajo la dirección de aquellos a quienes seguían y obedecían ciegamente en la hora de su triunfo. En esta conferencia se ha llegado a un acuerdo respecto a los principios políticos y económicos de una política coordinada para aplicar a la Alemania vencida durante el período de control de los Aliados.

El objeto de este acuerdo es llevar a cabo la Declaración de Crimea con respecto a Alemania. El militarismo y nazismo alemanes serán extirpados y los Aliados adoptarán, de común acuerdo, ahora y en lo sucesivo, las demás medidas necesarias para asegurar que Alemania jamás volverá a amenazar ni a sus vecinos ni a la paz del mundo.

Los Aliados no tienen la intención de destruir o esclavizar al pueblo alemán. Los Aliados tienen la intención de que se dé al pueblo alemán la oportunidad de prepararse para la reconstrucción eventual de sus medios de vida sobre principios democráticos y pacíficos. Si sus propios esfuerzos se orientan firmemente hacia tal objetivo, el pueblo alemán podrá, a su debido tiempo, reasumir su puesto entre los pueblos libres y pacíficos del mundo.

El texto del acuerdo es como sigue:

Principios económicos y políticos para regir el trato de Alemania durante el período de control inicial.

A. Principios políticos.

1. En armonía con el acuerdo sobre el mecanismo de control para Alemania, los Comandantes en Jefes de las fuerzas armadas de los Estados Unidos de América, el Reino Unido, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la República Francesa ejercerán la suprema autoridad en Alemania, de conformidad con instrucciones de sus Gobiernos respectivos, cada uno en su propia zona de ocupación, y también conjuntamente en cuestiones que afecten a toda Alemania, en su capacidad de miembros del Consejo de Control.

2. Hasta donde fuere factible, el tratamiento de la población alemana será uniforme en todo el país.

3. Los objetivos de la ocupación de Alemania, por los cuales deberá guiarse el Consejo de Control, son:

(I)   Desarme y desmilitarización totales de Alemania y la supresión o control de toda industria alemana que pudiere utilizarse para la producción militar. A tales fines:

a) Serán completa y definitivamente abolidas, en tal forma que se impida permanentemente la restauración o reorganización del militarismo y nazismo alemanes, todas las fuerzas de tierra, mar y aire alemanas, las tropas S.S., S.A., S.D. y Gestapo, con todas sus organizaciones, personal e instituciones, incluyendo Estado Mayor, Cuerpo de Oficiales, Cuerpo de Reserva, escuelas militares, organizaciones de veteranos, y todas las demás organizaciones militares o cuasi militares, conjuntamente con todos los clubs y asociaciones que sirvan para mantener viva la tradición militar en Alemania, b) Se pondrán a disposición de los Aliados o se destruirán todas las armas y las municiones y todos los instrumentos bélicos, y todas las facilidades técnicas para su producción. Se impedirá la conservación y la producción de toda clase de aeronaves, armas, municiones e instrumentos bélicos.

(II)  Convencer al pueblo alemán de que ha sufrido una completa derrota militar y de que no puede eludir la responsabilidad de lo que le ha sobrevenido, puesto que sus propios métodos bélicos implacables y la fanática resistencia nazista han destruido la economía alemana y hecho inevitables el caos y el sufrimiento.

(III)  Destruir el Partido Nacional Socialista y sus organizaciones afiliadas y subordinadas, disolver todas las instituciones nazistas, garantizar que no resurjan en forma alguna, y evitar toda actividad o propaganda nazista o militarista.

(IV) Adoptar las medidas necesarias para la eventual reconstrucción de la vida política alemana sobre bases democráticas y para la eventual cooperación pacífica de Alemania en la vida internacional.

4. Se abolirán todas las leyes nazistas que constituían la base del régimen hitlerista o establecían prejuicios por cuestiones de raza, religión u opinión política. No se tolerarán tales prejuicios, ya sean legales, administrativos, o de otra naturaleza.

5. Se arrestará y se someterá a juicio a todos los criminales de guerra y a aquellos que hayan participado en proyectar y llevar a cabo empresas nazistas que hayan cometido atrocidades o crímenes de guerra o estén complicadas en su perpetración. Se arrestará e internará a los jefes nazis, a los sostenedores prominentes del nazismo, y a los altos oficiales de las organizaciones e instituciones nazistas y a cualesquiera otras personas peligrosas para la ocupación o sus objetivos.

6. Se removerá de los cargos públicos y semipúblicos y de todos los puestos de responsabilidad en empresas privadas de importancia, a todos los miembros del partido nazi que hayan tenido una participación más que nominal en sus actividades, y a todas las demás personas hostiles a los propósitos de los Aliados. Dichas personas serán sustituidas por individuos que, debido a sus cualidades políticas y morales, se juzguen capaces de contribuir al desarrollo de genuinas instituciones democráticas en Alemania.

7. Se dirigirá la instrucción alemana en tal forma que las doctrinas nazistas y militaristas queden totalmente suprimidas, haciendo viable el desenvolvimiento efectivo de las ideas democráticas.

8. Se reorganizará el sistema judicial de acuerdo con los principios de la democracia, de la justicia bajo el régimen de la ley, y de la igualdad de derechos para todos los ciudadanos, sin distinción de raza, nacionalidad o religión.

9. La administración de los asuntos de Alemania se orientará hacia la descentralización de la estructura política y hacia el desarrollo de la responsabilidad local. A tal fin:

(I)   Se restaurará el gobierno propio local en toda Alemania sobre principios democráticos y, particularmente, por medio de consejos electivos, tan rápidamente como sea compatible con la seguridad militar y con los objetivos de la ocupación militar;

(II) Se permitirán y estimularán en Alemania todos los partidos políticos democráticos con derecho de reunión y de discusión pública;

(III)  Se introducirán en las administraciones regionales, provinciales y del estado (país) los principios del gobierno representativo y electivo, tan pronto como lo justifique la aplicación eficaz de tales principios al gobierno propio local;

(IV) Por ahora no se establecerá un gobierno central alemán. A pesar de esto, se establecerán en Alemania ciertos departamentos administrativos centrales esenciales dirigidos por secretarios de estado, particularmente para las finanzas, el transporte, las comunicaciones, el comercio exterior y la industria. Dichos departamentos funcionarán bajo la dirección del Consejo de Control.

10. Sujeto a la necesidad de mantener la seguridad militar, se permitirá la libertad de palabra, de prensa y de culto, y se respetarán las instituciones religiosas. Sujeto asimismo al mantenimiento de la seguridad militar, se permitirán las uniones obreras libres.

B. Principios económicos.

11. A fin de eliminar la potencialidad bélica de Alemania, se prohibirá e impedirá la producción de armas, municiones e instrumentos de guerra, y de toda clase de aeronaves y buques. Se controlará estrictamente la producción de metales, productos químicos, maquinaria y otros artículos directamente necesarios para una economía de guerra, limitándola a las necesidades alemanas reconocidas para el período de paz postbélico, a fin de cumplir los objetivos especificados en el párrafo 15. Se removerá la capacidad productiva que no sea necesaria para la producción permitida, de acuerdo con el plan de reparaciones recomendado por la Comisión Aliada sobre reparaciones aprobado por los gobiernos interesados, o se destruirá dicha capacidad productiva si no se removiera.

12. Tan pronto como sea factible, se descentralizará la economía alemana, con el propósito de eliminar la actual concentración excesiva del poder económico, representada en particular por medio de cartels, sindicatos, trusts y otras combinaciones monopolísticas.

13. Al organizar la economía alemana se pondrá énfasis primario en el desarrollo de la agricultura y de las industrias pacíficas nacionales.

14. Durante el período de ocupación se tratará a Alemania como una sola unidad económica. A tal efecto, se establecerán pautas comunes con respecto a: a) Producción minera e industrial y su distribución; b) Agricultura, explotación de bosques y pesca; c) Salarios, precios y racionamiento; d) Programas de importaciones y exportaciones para toda Alemania; e) Moneda y bancos, contribuciones generales e impuestos de aduana; f) Reparaciones de guerra y remoción de la potencialidad industrial de guerra; g) Transportes y comunicaciones.

Al aplicar estas pautas se tendrán en cuenta las diversas condiciones locales, donde fuere posible.

15. Las medidas aliadas de control se impondrán sobre la economía alemana sólo hasta el grado que fuere necesario para: a) Llevar a cabo los programas de desarme y desmilitarización industriales, reparaciones de guerra, y exportaciones e importaciones sancionadas; b) Asegurar la producción y conservación de los artículos y servicios necesarios para atender las necesidades de las fuerzas de ocupación y de la población desplazada en Alemania y esenciales para mantener en Alemania niveles de vida que no excedan en promedio los niveles de vida de los países europeos (países europeos significa todos los países de Europa, excluyendo al Reino Unido y a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas); c) Asegurar, en la forma determinada por el Consejo de Control, la distribución equitativa de mercaderías esenciales entre las diversas zonas, a fin de alcanzar una economía equilibrada en toda Alemania y de reducir la necesidad de importaciones; d) Controlar la industria alemana y todas las transacciones económicas y financieras internacionales, incluyendo las importaciones y exportaciones, con el objeto de impedir que Alemania desarrolle potencialidad bélica y con el fin de lograr los demás objetivos aquí citados; e) Controlar todos los organismos científicos alemanes públicos y privados, instituciones de estudio y experimentación, laboratorios, etc., relacionados con actividades económicas.

16. Al imponer y mantener el régimen económico establecido por el Consejo de Control, se creará un mecanismo administrativo alemán y se exigirá a las autoridades alemanas que, hasta el grado máximo posible, proclamen y asuman la dirección de tal régimen. De este modo debe hacerse comprender al pueblo alemán que la responsabilidad de la dirección de dicho régimen y la de cualquier fracaso descansa sobre los propios alemanes. Se prohibirá toda acción de control alemana que pueda ser contraria a los objetivos de la ocupación.

17. A la mayor brevedad posible se adoptarán medidas para: a) Efectuar lá reparación esencial de los transportes; b) Aumentar la producción de carbón; c) Aumentar hasta el máximo la producción agrícola; y d) Efectuar la reparación urgente de las viviendas y de los servicios públicos esenciales.

18. El Consejo de Control adoptará las medidas adecuadas para controlar el capital alemán en el exterior, que no esté ya bajo el control de las Naciones Unidas que han participado en la guerra contra Alemania y para ejercer la facultad de disponer del mismo;

19. El pago de las reparaciones de guerra deberá dejar recursos suficientes para permitir al pueblo alemán que subsista sin ayuda exterior. Al formularse el balance económico de Alemania, deberán proveerse los medios necesarios para el pago de las importaciones sancionadas por el Consejo de Control en Alemania. El producto de las exportaciones de la producción y existencias ordinarias estará disponible para responder, en primer término, al pago de tales importaciones. La cláusula anterior no será aplicable al equipo y productos a que se refieren los párrafos 4 a) y 4 b) del Acuerdo sobre Reparaciones.

Cap. IV. Sobre reparaciones.

Respecto a las reparaciones de guerra se llegó al siguiente acuerdo, de conformidad con la decisión adoptada en Crimea en el sentido de que se obligue a Alemania a compensar en la mayor amplitud posible las pérdidas y el sufrimiento que ha causado a las Naciones Unidas, responsabilidad que el pueblo alemán no puede eludir: 1. Las reclamaciones de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas respecto a las reparaciones de guerra se satisfarán por medio de remociones de la zona de Alemania ocupada por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y del capital alemán en el exterior que sea pertinente. 2. La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas se compromete a satisfacer las reclamaciones de guerra de Polonia de su propia participación en las reclamaciones. 3. Las reclamaciones de guerra de los Estados Unidos de América, el Reino Unido y otros países con derecho a reparaciones, se satisfarán de las zonas occidentales y del capital alemán en el exterior que sea pertinente. 4. Además de las reparaciones que la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas obtendrá en su propia zona de ocupación, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas recibirá también de las zonas occidentales: a) 15% del equipo industrial capital, utilizable y completo, procedente, en primer término, de las industrias metalúrgicas y químicas y de las fábricas de maquinaria, que no se necesite para la economía de paz alemana y que se deberá remover de las zonas occidentales de Alemania, a cambio de un valor equivalente en alimentos, carbón, potasa, cinc, madera, productos de barro, productos de petróleo y otras mercaderías en que se convenga. b) 10% del equipo industrial capital que no se necesite para la economía de paz alemana, y que deberá removerse de las zonas occidentales para transferirlo al Gobierno Soviético a cuenta de las reparaciones, sin pago o cambio de clase alguna por ello. Las remociones de equipo dispuestas en a) y b) se harán simultáneamente. 5. La cantidad de equipo que habrá de removerse de las zonas occidentales a cuenta de las reparaciones deberá determinarse no más tarde de seis meses después de esta fecha. 6. Las remociones de equipo industrial capital comenzarán tan pronto como sea posible y se completarán dentro de dos años después de hacerse la determinación especificada en el párrafo 5. La entrega de los productos comprendidos en el inciso 4 a) precedente comenzará tan pronto como sea posible y será efectuada por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas en plazos convenidos dentro de cinco años a partir de esta fecha. La determinación de la cantidad y carácter del equipo industrial capital no necesario para la economía de paz alemana, y por tanto disponible para las reparaciones, será efectuada por el Consejo de Control, en armonía con las pautas fijadas por la Comisión Aliada de Reparaciones, con la participación de Francia, sujeta a la aprobación final del comandante de zona en la zona de donde habrá de removerse el equipo. 7. Antes de fijarse la cantidad total de equipo sujeto a remoción, se harán entregas por anticipado de aquel equipo que se determinare que es susceptible de entrega, de acuerdo con el procedimiento establecido en la última parte del párrafo 6. 8. El Gobierno Soviético renuncia a toda reclamación relacionada con reparaciones sobre participación en empresas alemanas ubicadas en las zonas occidentales ocupadas de Alemania, así como a toda reclamación relacionada con el capital extranjero alemán en todos los países, excepto los especificados en el párrafo 9 subsiguiente. 9. Los Gobiernos del Reino Unido y de los Estados Unidos de América renuncian a sus reclamaciones relacionadas con reparaciones sobre participación en empresas alemanas ubicadas en la zona oriental de ocupación de Alemania, así como al capital extranjero alemán en Bulgaria, Finlandia, Hungría, Rumania y Austria Oriental. 10. El Gobierno Soviético no reclama participación en el oro capturado por las tropas aliadas en Alemania.

Cap. V. Sobre disposición de la armada y de la marina mercante alemanas.

La conferencia acordó en principio los arreglos para el uso y disposición de la armada y buques mercantes alemanes entregados. Se decidió que los tres gobiernos nombrarían peritos para elaborar conjuntamente planes detallados que pongan en efecto los principios convenidos. A su debido tiempo los tres gobiernos publicarán simultáneamente una declaración conjunta adicional a tal respecto.

Cap. VI. Sobre la ciudad de Koenigsberg y área adyacente. La conferencia examinó una propuesta del Gobierno Soviético en el sentido de que hasta que se haga la determinación final de las cuestiones territoriales en el arreglo de la paz, la sección de la frontera occidental de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas adyacente al mar Báltico debería pasar desde un punto en la orilla oriental de la Bahía de Danzig hacia el este, al norte de Braunsberg-Goldap, hasta el punto de intercepción de las fronteras de Lituania, República de Polonia y Prusia Oriental.

La conferencia ha aceptado en principio la propuesta del Gobierno Soviético concerniente a la transferencia ulterior de la ciudad de Koenigsberg y del área adyacente, según se describe antes, a la Unión Soviética, sujeto al examen pericial de la frontera.

El Presidente de los Estados Unidos de América y el Primer Ministro de la Gran Bretaña han declarado que apoyarán la propuesta de la conferencia cuando se celebren los acuerdos de paz.

Cap. VII. Sobre los criminales de guerra.

Los tres gobiernos han tomado nota de las discusiones que han venido efectuándose durante las semanas recientes en Londres, entre los representantes de Gran Bretaña, Estados Unidos de América, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y Francia, con el objeto de llegar a un acuerdo sobre los métodos de juzgar a aquellos criminales de guerra principales cuyos crímenes no caen dentro de ninguna sección geográfica en particular, de acuerdo con la Declaración de Moscú de octubre de 1943. Los tres gobiernos reafirman su intención de someter a esos criminales a una justicia rápida y segura. Estos gobiernos esperan que las negociaciones que han tenido lugar en Londres resultarán en un acuerdo rápido a tal efecto, y consideran que es cuestión de la mayor importancia que el proceso de estos criminales principales comience en la fecha más cercana posible. La primera lista de acusados se publicará antes del primero de septiembre.

Cap. VIII. Sobre Austria.

La Conferencia examinó una propuesta del Gobierno Soviético respecto a la extensión de la autoridad del Gobierno Provisional Austríaco a toda Austria.

Los tres gobiernos convinieron en que estaban dispuestos a examinar esta cuestión después de la entrada de las fuerzas británicas y de los Estados Unidos en la ciudad de Viena.

Cap. IX. Sobre Polonia.

La conferencia consideró las cuestiones relativas al Gobierno Provisional de Polonia y a la frontera occidental polaca.

Con respecto al Gobierno Provisional Polaco de Unidad Nacional, los tres gobiernos definieron su actitud en la siguiente declaración:

A. Hemos tomado nota con satisfacción del acuerdo a que llegaron los representantes polacos en Polonia y en el exterior, que ha hecho posible la formación de un Gobierno Provisional Polaco de Unidad Nacional reconocido por las tres potencias, de conformidad con las decisiones adoptadas en la Conferencia de Crimea. El establecimiento de relaciones diplomáticas por los gobiernos de Gran Bretaña y de los Estados Unidos de América con el Gobierno Provisional Polaco ha tenido por consecuencia la retirada del reconocimiento de dichos gobiernos al anterior Gobierno Polaco en Londres, el cual no existe ya.

Los gobiernos de Gran Bretaña y de los Estados Unidos de América han adoptado medidas para proteger el interés del Gobierno Provisional Polaco como el gobierno reconocido del Estado Polaco respecto a los bienes del Estado Polaco ubicado en sus territorios y bajo su dominio, cualquiera que sea el carácter de dichos bienes. También han adoptado medidas para impedir la enajenación de dichos bienes a terceras personas. Se darán al Gobierno Provisional Polaco todas las facilidades adecuadas para el ejercicio de los remedios legales ordinarios a fin de recuperar cualquier propiedad perteneciente al Estado Polaco que pudiere haber sido indebidamente enajenada.

Las tres potencias están ansiosas de ayudar al Gobierno Provisional Polaco para facilitar el regreso a Polonia, tan pronto como sea factible, de todos los polacos en el exterior que deseen regresar, incluyendo los miembros de las fuerzas armadas polacas y de la marina mercante. Las tres potencias esperan que a los polacos que retornen a su patria habrá de concedérseles los mismos derechos básicos personales y de propiedad que a todos los ciudadanos polacos.

Las tres potencias notan que, de conformidad con las decisiones adoptadas en la Conferencia de Crimea, el Gobierno Provisional Polaco ha convenido en celebrar elecciones completamente libres, tan pronto como sea posible, a base del sufragio universal y del voto secreto, en las cuales tendrán derecho a tomar parte y a proponer candidatos todos los partidos democráticos y antinazistas, y que los representantes de la prensa Aliada gozarán de entera libertad para informar al mundo el desarrollo de los acontecimientos en Polonia antes de la elección y durante el curso de la misma.

B. Se llegó al siguiente acuerdo respecto a la frontera occidental de Polonia:

De conformidad con el acuerdo sobre Polonia en la Conferencia de Crimea, los tres jefes de gobierno han obtenido la opinión del Gobierno Provisional Polaco de Unidad Nacional con respecto al aumento de territorio al norte y al oeste que Polonia debería recibir. El Presidente del Consejo Nacional respecto al aumento de territorio al norte y al oeste Polaco de Unidad Nacional fueron recibidos en la Conferencia y presentaron sus puntos de vista con amplitud. Los tres jefes de gobierno reafirman su opinión en el sentido de que la delimitación final de la frontera occidental de Polonia debería quedar pendiente hasta que se concierte la paz. Los tres jefes de gobierno acuerdan que, hasta tanto se establezca la determinación final de la frontera occidental de Polonia, quedarán bajo la administración del Estado Polaco y no se considerarán para tales fines como parte de la zona soviética de ocupación en Alemania, los antiguos territorios alemanes al este de una línea trazada desde el mar Báltico inmediatamente al oeste de Swinemunde, y de allí a lo largo del río Oder hasta la confluencia del río Neisse occidental y a lo largo del río Neisse occidental hasta la frontera checoslovaca, incluyendo la parte de la Prusia Oriental no colocada bajo la administración de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, de acuerdo con el entendido a que se ha llegado en esta conferenciare incluyendo el área de la antigua Ciudad Libre de Danzig.

Cap. X. Sobre celebración de los tratados de paz y admisión a la Organización de las Naciones Unidas.

La conferencia aprobó la siguiente declaración sobre una pauta común para crear, tan pronto como sea posible, las condiciones de una paz perdurable después de la victoria en Europa.

Los tres gobiernos consideran conveniente que, mediante la celebración de tratados de paz, debería ponerse término a la actual posición anómala de Italia, Bulgaria, Finlandia, Hungría y Rumania. Ellos confían en que los demás gobiernos aliados interesados compartirán estos puntos de vista.

Por su parte, los tres gobiernos han incluido la preparación de un tratado de paz para Italia, como la primera entre las tareas inmediatas de importancia que debe realizar el nuevo Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Italia fue la primera de las potencias del Eje que rompió con Alemania, a cuya derrota ella ha aportado una contribución sustancial, y se ha unido ahora a los Aliados en la lucha contra el Japón. Italia se ha liberado ella misma del régimen fascista y progresa bien hacia el restablecimiento de un gobierno e instituciones democráticos. La celebración de dicho tratado de paz con un gobierno italiano democrático reconocido hará posible que los tres gobiernos cumplan su deseo de apoyar una solicitud de Italia para ingresar como miembro de las Naciones Unidas.

Los tres gobiernos también han encargado al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores la preparación de los tratados de paz para Bulgaria, Finlandia, Hungría y Rumania. La celebración de tratados de paz con gobiernos democráticos reconocidos en estos estados facultará también a los tres gobiernos para apoyar sus solicitudes de admisión como miembros de las Naciones Unidas. Los tres gobiernos acuerdan estudiar próximamente, cada uno por separado, a la luz de las condiciones que prevalezcan entonces, el establecimiento de relaciones diplomáticas con Finlandia, Rumania, Bulgaria y Hungría, hasta donde fuese posible, antes de concluir los tratados de paz con esos países.

Los tres gobiernos no tienen duda de que en vista de las distintas condiciones resultantes de la terminación de la guerra en Europa, los representantes de la prensa aliada disfrutarán de entera libertad para informar al mundo el desarrollo de los acontecimientos en Rumania, Bulgaria, Hungría y Finlandia.

Respecto a la admisión de otros Estados a la Organización de las Naciones Unidas, el art. 4 de la Carta de las Naciones Unidas declara que:

«1. Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo.

»2. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.»

Los tres gobiernos, en tanto en cuanto les concierne, apoyarán las solicitudes de admisión de aquellos Estados que han permanecido neutrales durante la guerra y que llenen las condiciones arribas expresadas.

Los tres gobiernos, sin embargo, se sienten obligados a poner de manifiesto que por su parte no favorecerían ninguna solicitud de ingreso del actual gobierno español, el cual, habiéndose fundado con la ayuda de los poderes del Eje, no posee, en virtud de su origen, su naturaleza, su historial y su estrecha asociación con los Estados agresores, las cualidades necesarias para justificar dicho ingreso.

Cap. XI. Sobre la administración fiduciaria de territorios.

La conferencia examinó una propuesta del Gobierno Soviético concerniente a la administración fiduciaria de territorios según se define en la decisión de la Conferencia de Crimea y en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

Después de un cambio de impresiones sobre esta cuestión se decidió que la disposición de cualesquiera antiguos territorios italianos debía decidirse al prepararse el tratado de paz para Italia y que el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores debería considerar en su reunión de septiembre la cuestión del territorio italiano.

Cap. XII. Sobre los procedimientos revisados de la Comisión Aliada de Control en Rumania, Bulgaria y Hungría.

Los tres gobiernos tomaron nota de que los representantes soviéticos en las Comisiones Aliadas de Control en Rumania, Bulgaria y Hungría han comunicado a sus colegas del Reino Unido y de los Estados Unidos de América proposiciones para mejorar el trabajo de la Comisión de Control ahora que han terminado las hostilidades en Europa. Los tres gobiernos han convenido en que se haga ahora la revisión de los procedimientos de las Comisiones Aliadas de Control en estos países, tomando en consideración los intereses y responsabilidades de los tres gobiernos que presentaron conjuntamente los términos de armisticio a los países respectivos, y aceptando las propuestas convenidas como base.

Cap. XIII. Sobre el traslado ordenado de habitantes alemanes.

La conferencia adoptó el siguiente acuerdo con respecto al traslado de los alemanes de Polonia, Checoslovaquia y Hungría:

Después de considerar la cuestión en todos sus aspectos, los tres gobiernos reconocen que deberá hacerse el traslado a Alemania de las poblaciones alemanas o elementos de la misma que queden en Polonia, Checoslovaquia y Hungría, y convienen en que cualesquiera traslados deberían efectuarse en forma ordenada y humanitaria.

Puesto que la afluencia de un gran número de alemanes hacia Alemania aumentaría la carga que tienen las autoridades de ocupación, los tres gobiernos consideran que el Consejo Aliado de Control en Alemania debería en primer término estudiar el problema poniendo énfasis en la cuestión de la distribución equitativa de estos alemanes entre las varias zonas de ocupación. A tal efecto, los tres gobiernos instruyen a sus representantes respectivos en el Consejo de Control para que informen a sus gobiernos, tan pronto como sea posible, qué número de tales personas procedentes de Polonia, Checoslovaquia y Hungría han entrado ya en Alemania y para que sometan un cálculo sobre qué número de traslados adicionales podrían efectuarse y en qué tiempo, considerando las actuales condiciones en Alemania.

Se ha comunicado lo anterior al Gobierno Checoslovaco, al Gobierno Provisional Polaco y al Consejo de Control, en Hungría, y se les ha pedido que por ahora suspendan las expulsiones adicionales hasta que los gobiernos interesados estudien el informe de sus representantes en el Consejo de Control.

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