Visto el informe presentado por la Comisión de Expertos para la Codificación del Derecho Internacional, con fecha 2 de diciembre de 1938, acerca del tema de “Nacionalidad y acogiendo en todas sus partes las conclusiones de dicho informe,
La Octava Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
1º.—Recomendar a las comisiones nacionales de codificación del Derecho Internacional de cada uno de los Estados americanos que suministren a la Comisión de Expertos antecedentes y dictámenes sobre todos los puntos indicados en el citado informe.
2o.—Enviar el texto del referido informe a los Gobiernos americanos a fin de que sea pasado a las comisiones nacionales respectivas.
3o.—Recomendar a los Gobiernos que se sirvan excitar el celo de las comisiones nacionales de codificación para que absuelvan, lo más pronto posible, la encuesta, en materia de nacionalidad, de la Comisión de Expertos, y que faciliten a dichas Comisiones los documentos que puedan necesitar para su trabajo.
(Aprobada el 23 de diciembre de 1938.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 03/03/2014 10:44
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