La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
La Unión Panamericana queda encargada de gestionar con las asociaciones, organizaciones y particulares interesados en los trabajos bibliográficos los medios de llevar a efecto la presente resolución.
La Unión Panamericana queda, asimismo, encargada de formular el programa de la reunión y de realizar el trabajo preparatorio.
El Consejo Directivo de la Unión fijará el lugar y la fecha en que se reunirá la Comisión de expertos bibliógrafos.
La Unión Panamericana queda encargada de llevar a la práctica el plan de cooperación interamericana que sugiera la comisión técnica prevista en la presente resolución.
(7 de febrero de 1928.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 23/11/2013 20:49
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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