La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Pedir a la Alta Comisión Interamericana, que con el propósito de uniformar los principios y la interpretación del Derecho Comercial Marítimo, continúe sus investigaciones con respecto al mejor método de alcanzar este objeto; que proponga a los Gobiernos respectivos las modificaciones que requieran sus leyes nacionales y que redacte Convenciones apropiadas, para el estudio de los distintos Gobiernos.
(Número 7 del Acta Final).
Aprobada en la 6º. Sesión de la Conferencia, del 16 de Abril de 1923.
Esta entrada fue modificada por última vez en 04/10/2013 20:17
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…