La Décima Conferencia Interamericana,
Considerando:
Que es deber de los pueblos americanos reafirmar la fe en los derechos fundamentales del ser humano y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres;
Que, desde su creación, la Comisión Interamericana de Mujeres ha trabajado tesoneramente por la extensión a la mujer americana de sus derechos políticos;
Que la mayoría de los países de América han suscrito en la Novena Conferencia Internacional Americana una Convención sobre Derechos Políticos de la Mujer; y
Que existen algunos países que no han extendido a la mujer estas derechos de la más elemental justicia,
Resuelve:
Recomendar a los gobiernos de las repúblicas americanas que aún no lo hayan hecho, modifiquen sus legislaciones a fin de extender a la mujer, en sus respectivos países, el pleno goce de los derechos políticas.
Esta entrada fue modificada por última vez en 29/12/2020 06:58
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…