Declaración. — El Gobierno de la República francesa y el Gobierno Imperial alemán, animados del mismo deseo de facilitar la ejecución del Acta de Algeciras, han acordado precisar el alcance que atribuyen a sus cláusulas, a fin de evitar en lo futuro todo motivo de desacuerdo entre ellos.
En su consecuencia,
El Gobierno de la República francesa, dispuesto en un todo a mantener la integridad y la independencia del Imperio jerifiano, resuelto a proteger en él la igualdad económica y- por lo tanto a no poner trabas a los intereses comerciales e industriales alemanes.
Y el Gobierno Imperial alemán, no persiguiendo más que intereses económicos en Marruecos, reconociendo además que los intereses políticos particulares de Francia están estrechamente ligados a la consolidación del orden y de la paz interior, y resuelto a no menoscabar estos intereses.
Declaran que no adoptarán ni protegerán medida alguna encaminada a crear un privilegio económico en su favor o en el de cualquier Potencia y que procurarán que participen sus nacionales en los negocios cuya explotación pudieran éstos obtener.
Esta entrada fue modificada por última vez en 29/01/2018 12:41
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…