La Reunión de Consulta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas
Considerando:
Que en el supuesto de que la guerra se prolongue por un término más o menos extenso, a partir de un año de esta fecha, bien puede haberse acentuado el estado de emergencia que ahora prevalece, o bien existir una situación también anormal de post-guerra, que necesite ser debidamente observada
Resuelve:
Sugerir a los respectivos Gobiernos, la conveniencia de que sus Ministros de Relaciones Exteriores tengan una reunión en la ciudad de la Habana, Capital de la República de Cuba, el día 1º. de Octubre de 1940, sin perjuicio de que, si se hiciera necesario, pueda adelantarse esa fecha.
(Aprobada el 3 de Octubre de 1939.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 25/03/2014 17:52
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…