Vista la conveniencia de dictar medidas para prevenir las deformaciones comercializadas de la vida e ideario de los próceres,
La Octava Conferencia Internacional Americana,
Recomienda:
Que los Gobiernos Americanos estudien la posibilidad de prohibir, si sus leyes locales lo permiten, la exhibición de películas sobre la vida de los personajes insignes de la emancipación del continente, cuya inconveniencia sea representada por el país a que pertenecieren tales hombres ilustres.
(Aprobada el 24 de diciembre de 1938.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 24/03/2014 20:18
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…