La Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz,
Recomienda:
Que en el Boletín Bibliográfico de la Biblioteca Nacional u Oficial de cada país, cuyo establecimiento se recomienda por una resolución anterior, se indiquen las obras a las cuales se les haya reconocido la propiedad intelectual.
Ejemplares de tal Boletín serán enviados, a título informativo, a las oficinas de propiedad intelectual de los demás países, y a la Biblioteca Colón de la Unión Panamericana, en Washington.
(Aprobada el 21 de diciembre de 1936.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 02/01/2014 22:16
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