La Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz,
Recomienda:
A los Gobiernos en ella representados que promuevan, lo antes posible, una rigurosa encuesta sobre el nivel de vida y los índices económicos de las diversas regiones, dentro de sus fronteras.
Incumbirá a la Unión Panamericana fijar las directivas a que deberán obedecer esas encuestas y coordinar sus resultados en bases que las hagan, en lo que fuere posible, susceptibles de estudio y comparación. Estos estudios se realizarán sin perjuicio de los que efectúe la Oficina Internacional del Trabajo y se acumularán a los de Ginebra.
(Aprobada el 21 de diciembre de 1936.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 02/01/2014 21:24
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…