La Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz,
Resuelve.:
Recomendar a los Gobiernos americanos negocien, a la brevedad, Tratados bi o multilaterales por los que se comprometan, en lo posible, a no crear trabas o gravámenes, nacionales, estaduales o municipales, legales o administrativos, con propósitos impositivos proteccionistas o consulares, sobre comunicaciones marítimas o fluviales.
Igualmente, se aconseja atenuar los existentes, bajo pie de rigurosa reciprocidad, comprendiendo a los transportes marítimos o fluviales, a fin de no entorpecer el transporte de personas y mercancías y fomentar el intercambio comercial panamericano.
(Aprobada el 21 de diciembre de 1936.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 02/01/2014 21:10
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…