Se acuerda: Que se siga el siguiente método para el nombramiento del Vicepresidente de la Conferencia:
Cada delegación designará un representante como Vicepresidente de la Conferencia, para que llegada la oportunidad, ocupe la Presidencia por tumo, conforme al orden de precedencia de la delegación.
Cada delegación notificará al Secretario General de la Conferencia el nombre de su representante así elegido.
(10 de Diciembre de 1928)
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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…