La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Recomendar a los Gobiernos de los Estados Unidos de América, tanto a aquellos que la hayan suscrito como a los que se adhirieron posteriormente o hayan de adherirse a ella que ratifiquen cuanto antes fuere posible la Convención firmada en Santiago de Chile el 3 de mayo de mil novecientos veinte y tres, sobre establecimiento y funcionamiento de Comisiones especiales para la investigación de conflictos internacionales.
(18 de febrero de 1928).
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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…