La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Por cuanto: Que las repúblicas americanas desean expresar que condenan la guerra como instrumento de política nacional en sus Relaciones mutuas; y,
Por cuanto: Que las repúblicas americanas tienen el más ferviente deseo de contribuir de todas las maneras posibles al desarrollo de los métodos Internacionales para el arreglo pacífico de los conflictos entre los Estados:
(18 de febrero de 1928).
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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…