La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
1º. Señalar como sede de la VI Conferencia Panamericana, la dudad de La Habana, capital de la República de Cuba.
[El Consejo Directivo de la Unión Americana de acuerdo con el Gobierno de la República de Cuba, procederá a fijar la fecha en que debe reunirse la Sexta Conferencia Internacional Americana]
2°. Recomendar al Gobierno de Cuba y al Consejo de la Unión Panamericana que la próxima Conferencia se reúna lo más pronto posible, y, en todo caso, dentro del período de los cinco años siguientes a la clausura de la presente Conferencia.
(Número 49 del Acta Final).
Aprobada en la Sesión 12º. de la Conferencia, del 1°. de Mayo de 1923.
Esta entrada fue modificada por última vez en 20/11/2013 22:42
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…