La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
1º. Que es conveniente la organización de una Feria periódica Ínter- americana de Muestras;
2º. Que la Unión Panamericana invite a los Gobiernos e instituciones comerciales e industriales de América a hacerse representar en una Conferencia que habrá de reunirse en la sede de la Unión, en Mayo de 1924, con el objeto de organizar la Feria a que se refiere el número anterior.
3°. Que los Gobiernos e instituciones comerciales e industriales de América proporcionen oportunamente a la Unión Panamericana, informaciones y datos que sirvan para preparar los trabajos de la mencionada Conferencia.
(Número 40 del Acta Final).
Aprobada en la 11º. Sesión de la Conferencia, del 30 de Abril de 1923.
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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…