La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
1°. Recomendar a los Gobiernos de las Repúblicas americanas, la conveniencia de estimular la organización y desarrollo de Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, debidamente autorizadas y reconocidas por el Comité Internacional de Ginebra e incorporadas a la Liga de las Sociedades de la Cruz Roja;
2°. Declarar su complacencia por el acuerdo tomado por ésta para convocar a una Conferencia de la Cruz Roja en el Continente americano y expresar el deseo de que los Gobiernos del Continente americano presten apoyo a esta idea.
(Número 2 del Acta Final).
Aprobada en la 4º. Sesión de la Conferencia, del 13 [12] de Abril de 1923.
Esta entrada fue modificada por última vez en 14/08/2013 23:40
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…