La Conferencia Internacional Americana
Resuelve:
Que habiendo recomendado esta Conferencia el arbitraje para la decisión de las disputas entre las Repúblicas de América, se permite expresar el deseo de que las controversias entre ellas y las naciones de Europa sean decididas por el mismo amistoso medio.
La Conferencia recomienda además que los respectivos Gobiernos de las naciones en ella representadas comuniquen este voto a todas las potencias amigas.
[Adoptada el 18 de abril de 1890.]
Esta entrada fue modificada por última vez en 19/07/2013 00:58
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
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por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
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Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…