La Conferencia Internacional Americana
Resuelve:
Que habiendo recomendado esta Conferencia el arbitraje para la decisión de las disputas entre las Repúblicas de América, se permite expresar el deseo de que las controversias entre ellas y las naciones de Europa sean decididas por el mismo amistoso medio.
La Conferencia recomienda además que los respectivos Gobiernos de las naciones en ella representadas comuniquen este voto a todas las potencias amigas.
[Adoptada el 18 de abril de 1890.]
Esta entrada fue modificada por última vez en 19/07/2013 00:58
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…