Documentos Históricos

Protocolo Relativo a la cuota con que la República Argentina contribuyó al rescate del peaje del Río Escalda por buques argentinos

Protocolo Relativo a la cuota con que la República Argentina contribuyó al rescate del peaje del Río Escalda por buques argentinos.

Buenos Aires, 2 de Octubre de 1868.

Reunidos en la Secretaría de Relaciones Exteriores el Dr. D. Rufino de Elizalde, Ministro de ese Departamento, y el señor D. Carlos Pecher, Cónsul de Bélgica, con el objeto de hacer los arreglos necesarios para el rescate del peaje del «Escalda», conforme al Tratado General concluido en Bruselas el 16 de Julio de 1863, el señor Ministro de Relaciones Exteriores manifestó que, habiendo sido autorizado por Ley del Congreso, el Gobierno de la República Argentina para abonar la cuota de diez y nueve mil seiscientos ochenta francos (frs. 19,680) que le corresponde en la distribución de las cuotas establecidas por la Ley de 13 de Julio de 1863, está dispuesto a entregar esa suma para cumplir, por su parte, la obligación que le corresponde para el rescate del peaje de los buques argentinos en el Escalda.
El señor Cónsul de Bélgica manifestó que, en virtud de los Plenos Poderes que posee de manifiesto y que le son conferidos por el Gobierno de Su Majestad el Rey de los Belgas, con fecha 7 de Diciembre de 1867, éste toma sobre sí el cumplimiento de todas las estipulaciones del Tratado General concluido el 16 de Julio de 1863, en todo lo referente a la República Argentina.
Se convino entonces, que el señor Cónsul de Bélgica recibiría del Tesoro Nacional la suma mencionada de frs. 19,680, que se encargaría de transmitir a su Gobierno, y que con el recibo que diese de esa suma se daba por concluida en todas sus partes la obligación de la República Argentina respecto al rescate, y adquiridos todos los derechos que el Tratado General de 16 de Julio de 1863 confiere a todas las Naciones signatarias.
Y conformes en las bases anteriormente estipuladas, firmaron dos Protocolos de un mismo tenor, en Buenos Aires, a dos de Octubre de mil ochocientos sesenta y ocho.— (L. S.)—Rufino de Elizalde. —(L. S.)—Ch. Pecher.

Esta entrada fue modificada por última vez en 11/12/2023 11:43

dipublico

Entradas recientes

Gaza / Israel: a propósito del anuncio por parte de Colombia de suspender sus relaciones diplomáticas con Israel

Gaza / Israel: a propósito del anuncio por parte de Colombia de suspender sus relaciones diplomáticas con Israel

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…

3 días hace

El veto de Estados Unidos a la admisión de Palestina como Estado Miembro de Naciones Unidas: algunas reflexiones

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…

1 semana hace

México vs. Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ): la CIJ fija fecha para audiencias

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…

3 semanas hace

Gaza / Israel: concluyen audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio en Gaza

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…

1 mes hace

Gaza / Israel: a propósito de las nuevas medidas provisionales urgentes a Israel ordenadas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…

1 mes hace

Gaza / Israel: Consejo de Seguridad adopta una resolución exigiendo cese al fuego

por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…

1 mes hace