CARTA DE PUNTA DEL ESTE

Preámbulo

Las Repúblicas americanas proclaman su decisión de asociarse en un esfuerzo común para alcanzar un progreso económico más acelerado y una más amplia justicia social para sus pueblos, respetando la dignidad del hombre y la libertad política.

Hace casi 200 años se inició en este Hemisferio una larga lucha por la libertad, fuente de inspiración para los pueblos del mundo. Alentados por la esperanza que dimana de las revoluciones ocurridas en nuestras jóvenes naciones, muchos hombres bregan ahora por la libertad en tierras de vieja tradición. Ha llegado el momento de imprimir un nuevo sentido a esta vocación revolucionaria. América se encuentra en el umbral de una nueva etapa histórica. Hombres y mujeres de todo el Continente procuran conquistar la vida más plena que las técnicas modernas ponen a su alcance. Están resueltos a lograr una existencia más decorosa y cada vez más abundante para ellos y para sus hijos; a tener acceso a la cultura y a disfrutar de igualdad de oportu­nidades para todos, y a terminar con aquellas condiciones que hacen posible el bene­ficio de pocos en desmedro de las necesidades y de la dignidad de muchos. Es deber impostergable satisfacer esas justas aspiraciones demostrando a los pobres y desam­parados de este y todos los continentes que el poder creador del hombre libre consti­tuye la fuerza que mueve su progreso y el de las futuras generaciones.

La certeza del éxito final descansa no solamente en la fe en sus pueblos, sino también en la convicción de que el espíritu del hombre libre es invencible, patrimo­nio de la civilización americana.

Inspiradas en estos principios, en los de la Operación Panamericana y en los del Acta de Bogotá, las Repúblicas americanas han resuelto adoptar aquí el siguiente pro­grama de acción para iniciar y llevar adelante la Alianza para el Progreso.

Título Primero

OBJETIVOS DE LA ALIANZA PARA EL PROGRESO

La Alianza para el Progreso tiene como propósito aunar todas las energías de los pueblos y gobiernos de las Repúblicas americanas, para realizar un gran esfuerzo cooperativo que acelere el desarrollo económico y social de los países participantes de la América Latina, a fin de que puedan alcanzar un grado máximo de bienestar con iguales oportunidades para todos, en sociedades democráticas que se adapten a sus propios deseos y necesidades.

Las Repúblicas americanas por la presente Carta convienen en trabajar para al­canzar las siguientes metas principales en la presente década:

1. Conseguir en los países latinoamericanos participantes, un crecimiento sus­tancial y sostenido del ingreso per capita, a un ritmo que permita alcanzar, en el menor tiempo posible, un nivel de ingresos capaz de asegurar un desarrollo acumu­lativo y suficiente para elevar en forma constante ese nivel, en relación con los de las naciones más industrializadas, reduciendo de este modo las distancias entre los niveles de vida de la América Latina y los de los países más desarrollados. Disminuir, asimismo, las diferencias de nivel de ingresos entre los países latinoamericanos, es­timulando el desarrollo más acelerado de los de menor desarrollo relativo y otorgán­doles máxima prioridad en la asignación de recursos y en la cooperación intemacional en general. Para evaluar el grado de desarrollo relativo se tendrá en cuenta no sólo la expresión estadística del nivel medio del ingreso real o del producto bruto per capita, sino también los índices de mortalidad infantil y de analfabetismo y el número de calorías diarias por habitante.

Se reconoce que, para alcanzar estos objetivos dentro de un plazo razonable, la tasa de crecimiento económico en cualquier país de la América Latina no debe ser inferior al 2.5 % anual per capita, y que cada país participante deberá determinar su meta de crecimiento, en consonancia con su etapa de evolución social y econó­mica, su dotación de recursos y su capacidad para movilizar los esfuerzos nacionales para el desarrollo.

2. Poner los beneficios del progreso económico a disposición de todos los sec­tores económicos y sociales, mediante una distribución más equitativa del ingreso nacional, elevando con mayor rapidez los ingresos y niveles de vida de los sectores más necesitados de la población, y tratar al mismo tiempo que los recursos dedica­dos a la inversión representen una porción mayor del producto nacional.

3. Lograr una diversificación equilibrada en las estructuras económicas naciona­les, en lo regional y en lo funcional, y alcanzar una situación que dependa cada vez menos de las exportaciones de un reducido número de productos primarios, así como de la importación de bienes de capital, al par de conseguir estabilidad en los precios o en los ingresos provenientes de esas exportaciones.

4. Acelerar el proceso de una industrialización racional para aumentar la pro­ductividad global de la economía, utilizando plenamente la capacidad y los servicios tanto del sector privado como del público, aprovechando los recursos naturales del área y proporcionando ocupación productiva y bien remunerada a los trabajadores total o parcialmente desocupados. Dentro de este proceso de industrialización pres­tar atención especial al establecimiento y desarrollo de las industrias productoras de bienes de capital.

5. Aumentar considerablemente la productividad y la producción agrícola, y mejorar asimismo los servicios de almacenamiento, transporte y distribución.

6. Impulsar, dentro de las particularidades de cada país, programas de reforma agraria integral orientada a la efectiva transformación de las estructuras e injustos sistemas de tenencia y explotación de la tierra donde así se requiera, con miras a sustituir el régimen de latifundio y minifundio por un sistema justo de propiedad de tal manera que, mediante el complemento del crédito oportuno y adecuado, la asis­tencia técnica, y la comercialización y distribución de los productos, la tierra consti­tuya para el hombre que la trabaja base de su estabilidad económica, fundamento de su progresivo bienestar y garantía de su libertad y dignidad.

7. Eliminar el analfabetismo en los adultos del Hemisferio y, para 1970, asegu­rar un mínimo de seis años de educación primaria a todo niño en edad escolar de la América Latina; modernizar y ampliar los medios para la enseñanza secundaria, vocacional, técnica y superior; aumentar la capacidad para la investigación pura y aplicada, y proveer el personal capacitado que requieren las sociedades en rápido desarrollo.

8. Aumentar en un mínimo de cinco años la esperanza de vida al nacer y ele­var la capacidad de aprender y producir mejorando la salud individual y colectiva. Para lograr esta meta se requiere, entre otras medidas, suministrar en el próximo decenio agua potable y desagüe a no menos del 70 % de la población urbana y del 50 % de la rural; reducir la mortalidad de los menores de cinco años, por lo menos a la mitad de las tasas actuales; controlar las enfermedades trasmisibles más graves, de acuerdo con su importancia como causas de invalidez o muerte; erradicar aquellas enfermedades para las cuales se conocen técnicas eficaces, en particular la malaria; mejorar la nutrición; perfeccionar y formar profesionales y auxiliares de salud en el mínimo indispensable; mejorar los servicios básicos de la salud a nivel nacional y local; intensificar la investigación científica y utilizar plena y más efectivamente los conocimientos derivados de ella para la prevención y la curación de las enferme­dades.

9. Aumentar la construcción de viviendas económicas para familias de bajo nivel de ingreso, con el fin de disminuir el déficit habitacional; reemplazar con vivien­das de igual clase las inadecuadas o deficientes y dotar de los servicios públicos nece­sarios a los centros poblados urbanos y rurales.

10. Mantener niveles de precios estables, evitando la inflación o la deflación y las consiguientes privaciones sociales y mala distribución de los recursos, teniendo siempre en cuenta la necesidad de mantener un ritmo adecuado de crecimiento eco­nómico.

11. Fortalecer los acuerdos de integración económica, con el fin de llegar, en último término, a cumplir con la aspiración de crear un mercado común latino­americano que amplíe y diversifique el comercio entre los países de la América Latina y contribuya de esta manera al crecimiento económico de la región.

12. Desarrollar programas cooperativos, con el fin de evitar los efectos perjudi­ciales de las fluctuaciones excesivas de los ingresos en divisas procedentes de expor­taciones primarias, de vital importancia para el desarrollo económico y social y adoptar las medidas que sean necesarias para facilitar el acceso de las exportaciones latino­americanas a los mercados internacionales.

Título Segundo

DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL

Capítulo I. Requisitos básicos para el desarrollo.

Las Repúblicas americanas recono­cen que para alcanzar los objetivos antes expuestos se requerirán las siguientes con­diciones:

1. Que se ejecuten, de acuerdo con los principios democráticos, programas nacio­nales de desarrollo económico y social, amplios y bien concebidos, encaminados a lograr un crecimiento autosuficiente.

2. Que tales programas se apoyen en el principio del esfuerzo propio —como se estableció en el Acta de Bogotá— y del máximo empleo de los recursos nacionales, tomando en consideración las circunstancias especiales de cada país.

3. Que en la elaboración y ejecución de esos programas, la mujer esté en pie de igualdad con el hombre.

4. Que los países latinoamericanos obtengan suficiente ayuda financiera del exterior, incluyendo una parte sustancial en condiciones flexibles con respecto a plazos y términos de amortización y modos de utilización, para complementar la formación del capital nacional y reforzar la capacidad importadora de dichos países; y que, en apoyo de programas bien concebidos, que comprendan las reformas estructurales necesarias y las medidas para la movilización de recursos nacionales, se ponga a dis­posición de los países latinoamericanos un aporte de capital de todas las fuentes exteriores, durante los primeros diez años, de por lo menos veinte mil millones de dólares, dando prioridad a los países de menor desarrollo relativo. La mayor parte de esa suma deberá estar constituida por fondos públicos.

5. Que las instituciones, tanto en los sectores públicos como en los privados, in- elusive las organizaciones laborales, cooperativas c instituciones comerciales, indus­triales y financieras, sean fortalecidas y mejoradas para la creciente y eficaz utilización de los recursos nacionales; y que se lleven a cabo las reformas sociales necesarias para permitir una distribución equitativa del fruto del progreso económico y social.

Capítulo II. Programas nacionales de desarrollo.

1. Los países latinoamericanos parti­cipantes convienen en implantar o en fortalecer sistemas para la preparación, ejecu­ción y revisión periódica de los programas nacionales de desarrollo económico y social compatibles con los principios, objetivos y requisitos contenidos en este documento. Los países latinoamericanos participantes deberán formular, dentro de los próximos diez y ocho meses, si fuere posible, programas de desarrollo a largo plazo. Tales pro­gramas deberán abarcar, según las condiciones propias de cada país, los elementos esbozados en el Apéndice.

2. Los programas nacionales de desarrollo deberán incorporar esfuerzos propios encaminados a:

a) Mejorar los recursos humanos y ampliar las oportunidades, mediante la elevación de los niveles generales de educación y salud; el perfeccionamiento y la expansión de la enseñanza técnica y la formación profesional dando relieve a la ciencia y la tecnología; la remuneración adecuada al trabajo rea­lizado, estimulando el talento del administrador, el empresario y el asala­riado; las ocupaciones más productivas para el trabajador subempleado; el establecimiento de sistemas eficientes para las relaciones de trabajo y proce­dimientos de consulta y colaboración entre las autoridades, las asociaciones de empleadores y las organizaciones laborales; el fomento para que se creen y expandan instituciones locales de investigación científica y aplicada; y normas más eficaces de administración pública.

b) Desarrollar más ampliamente y utilizar con mayor eficacia los recursos natu­rales, en particular los que en la actualidad no se explotan o se aprovechan poco, incluyendo medidas para la elaboración de materias primas.

c) Robustecer la base agrícola, extendiendo los beneficios de la tierra en forma cada vez mayor a quienes la trabajan; y asegurando en los países con pobla­ción indígena, la integración de ésta al proceso económico, social y cultural de la sociedad moderna.

Para la realización de estos propósitos deberán adoptarse, entre otras, medidas tendientes al establecimiento o mejoramiento, según el caso, de los siguientes servicios: extensión, crédito, asistencia técnica, investigación y mecanización agrícolas; salud y educación; almacenamiento y distribución; cooperativas y asociaciones campesinas, y programas de desarrollo comunal.

d) Movilizar y utilizar en forma más eficaz, racional y justa los recursos finan­cieros, mediante la reforma de la estructura de los sistemas tributarios, que incluya impuestos adecuados y equitativos sobre los ingresos elevados y los bienes raíces, así como la aplicación estricta de medidas para mejorar la administración fiscal. Los programas de desarrollo deberán comprender la adaptación de las erogaciones presupuestarias a las necesidades del des­arrollo, medidas que cuiden el mantenimiento de precios estables, la creación de facilidades esenciales de crédito a tasas razonables de interés y el fomento del ahorro individual.

e) Promover las condiciones que estimulen el flujo de inversiones extranjeras que contribuyan a un aumento en los recursos de capital de los países parti­cipantes que lo requieran, mediante medidas apropiadas que incluyan la celebración de convenios con el propósito de reducir o eliminar la doble tributación,

f) Mejorar los sistemas de distribución y ventas para hacer más competitivo el mercado, neutralizando las prácticas monopolísticas.

Capítulo III. Medidas de acción inmediata y a corto plazo.

1. Reconociendo que algunos países de América Latina, a pesar de sus mejores esfuerzos, pueden necesitar ayuda financiera de emergencia, los Estados Unidos proporcionarán esta ayuda de los fondos que están establecidos o que se establezcan para estos fines. Los Estados Unidos están dispuestos a tomar acción rápida sobre las solicitudes para tal ayuda. Las solicitudes que se refieren a situaciones existentes deberán ser presentadas dentro de los próximos sesenta días.

2. Los países latinoamericanos participantes deberán aumentar inmediatamente los esfuerzos para acelerar su desarrollo, prestando atención especial (además de crear o reforzar sus organismos para la programación del desarrollo a largo plazo) a los siguientes puntos:

a) Terminar los proyectos ya iniciados, e iniciar aquellos para los que ya se han hecho estudios básicos, a fin de acelerar su financiamiento y ejecución.

b) Ejecutar nuevos proyectos que tengan por objeto:

i. Satisfacer necesidades económicas y sociales imperiosas y que beneficien directamente al mayor número de personas;

ii. Concentrar los esfuerzos en las zonas menos desarrolladas o más depri­midas en que existan problemas sociales especialmente graves en cada país;

iii. Utilizar capacidades o recursos inactivos, especialmente mano de obra subempleada; y

iv. Estudiar y evaluar los recursos naturales.

c) Facilitar la preparación o ejecución de los programas a largo plazo, con medidas encaminadas a:

i. Adiestrar a maestros, técnicos y especialistas;

ii. Proveer adiestramiento acelerado a obreros y campesinos;

iii. Mejorar las estadísticas básicas;

iv. Establecer los medios necesarios de crédito y distribución; y

v. Mejorar los servicios y la administración.

3. Los Estados Unidos ayudarán a llevar a la práctica estas medidas a corto plazo con miras a lograr resultados concretos de la Alianza para el Progreso a la mayor brevedad posible. En relación con las medidas señaladas anteriormente, y de acuerdo con la declaración del presidente Kennedy, los Estados Unidos suministrarán ayuda, dentro de la Alianza, incluyendo asistencia financiera para las medidas a corto plazo, por una suma superior a mil millones de dólares en el año que termina en marzo de 1962.

Capítulo IV. Ayuda extema para apoyar los programas nacionales de desarrollo.

1. El desarrollo económico y social de la América Latina ha de requerir una gran ayuda financiera adicional, tanto pública como privada, por parte de los países ex­portadores de capitales, incluso los miembros del Grupo de Asistencia para el Des­arrollo y de las entidades internacionales de crédito. Las medidas que prescribe el Acta de Bogotá y las nuevas medidas que se establecen por esta Carta, están desti­nadas a crear la estructura dentro de la cual se otorgará esa ayuda adicional y se la utilizará eficazmente.

2. Los Estados Unidos ayudarán a los países participantes, cuyos programas de desarrollo establezcan medidas de ayuda propia y política económica y social acordes con los principios y objetivos de esta Carta. Para complementar los esfuerzos propios de esos países, los Estados Unidos están dispuestos a destinar recursos que, junto con aquellos que se prevé obtener de otras fuentes externas, serán de una naturaleza y magnitud adecuadas para realizar los fines contemplados en esta Carta. Esa ayuda se destinará tanto a promover el progreso social como el económico y, según corres­ponda, tomará la forma de subvenciones o de préstamos cuyos términos y condiciones sean flexibles.

Los países participantes solicitarán el apoyo de otros países exportadores de capi­tal y de las instituciones competentes para que otorguen ayuda con el fin de lograr estos objetivos.

3. Los Estados Unidos contribuirán a financiar proyectos de asistencia téc­nica propuestos por un país participante o por la Secretaría General de la Organiza­ción de los Estados Americanos, destinados a: a) la contratación de expertos, de acuerdo con los gobiernos y al servicio de éstos, inclusive para la preparación de pro­yectos específicos de inversión y el fortalecimiento de los mecanismos nacionales para la elaboración de proyectos, utilizando cuando sea pertinente, firmas especiali­zadas en ingeniería; b) la realización, de conformidad con los acuerdos de coopera­ción existentes entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Ameri­canos, la Comisión Económica para América Latina y el Banco Interamericano de Desarrollo, de estudios e investigaciones en el propio lugar, incluyendo los relativos a problemas de desarrollo, la formación de organismos nacionales para la preparación de programas de desarrollo, reforma agraria y desarrollo rural, salud, cooperativas, vivienda, enseñanza y formación profesional, tributación y recaudación de impuestos; y c) la celebración de reuniones de expertos y funcionarios sobre desarrollo y proble­mas conexos.

Los gobiernos o las organizaciones antes mencionadas solicitarán, siempre que sea apropiado, la cooperación de las Naciones Unidas y de sus organismos especia­lizados para la realización de esas actividades.

4. Los países latinoamericanos participantes reconocen que cada uno de ellos, en distinto grado, está en condiciones de ayudar a las Repúblicas hermanas, propor­cionándoles ayuda técnica y financiera. Reconocen, también, que se hallarán en condiciones aún mejores a medida que desarrollen sus economías. Afirman, por tanto, su intención de ayudar a las Repúblicas hermanas de manera creciente, cuan­do lo permitan sus circunstancias individuales.

Capítulo V. Organización y procedimientos.

1. A fin de proporcionar asistencia téc­nica para formular los programas de desarrollo, según lo soliciten las naciones parti­cipantes, la Organización de los Estados Americanos, la Comisión Económica para América Latina y el Banco Interamericano de Desarrollo, continuarán y fortalecerán sus acuerdos de coordinación en esta materia para tener a disposición un grupo de expertos en programación cuyos servicios puedan utilizarse para facilitar el cumpli­miento de esta Carta. Los países participantes asimismo, harán las gestiones para lograr que se intensifique, con igual propósito, la ayuda técnica de los organismos especializados de las Naciones Unidas.

2. El Consejo Interamericano Económico y Social, a propuesta conjunta del Se­cretario General de la Organización de los Estados Americanos, del Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo y del Subsecretario de las Naciones Unidas, a cargo de la Comisión Económica para América Latina, designará una nómina de nueve expertos de alto nivel, teniendo en cuenta exclusivamente su experiencia, capa­cidad técnica y competencia en los distintos aspectos del desarrollo económico y social. Dichos expertos podrán ser de cualquier nacionalidad, si bien en los de origen latinoamericano se procurará una adecuada distribución geográfica y estarán adscritos al Consqo Intcramericano Económico y Social, gozando, no obstante, de completa autonomía en el desempeño de sus funciones y no podrán ejercer ningún otro cargo remunerado. La designación de los expertos se hará por un periodo de tres años, pudiendo ser renovada.

3. Cada gobierno, si así lo desea, podrá presentar su programa de desarrollo económico y social a la consideración de un comité ad hoc que estará integrado hasta por tres miembros de la nómina de expertos a que se refiere el numeral precedente y por un número igual de expertos ajenos a dicha nómina. Los expertos que integren el comité ad hoc serán designados por el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, a solicitud del gobierno interesado y con su consentimiento.

4. El comité estudiará el programa de desarrollo, intercambiará opiniones con el gobierno interesado respecto a posibles modificaciones y, con el consentimiento del mismo gobierno, hará conocer sus conclusiones al Banco Interamericano de Des­arrollo y a otros gobiernos e instituciones que puedan estar dispuestos a otorgar ayuda financiera y técnica exterior para la ejecución del programa.

5. Al estudiar el programa de desarrollo que se le someta, el comité ad hoc exa­minará la compatibilidad del programa con los principios del Acta de Bogotá y los de esta Carta, para lo cual tendrá en cuenta los elementos del Apéndice.

6. La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos proveerá el personal que, para el cumplimiento de sus tareas, necesiten los expertos a que se refieren los numerales 2 y 3 de este Capítulo. Ese personal podrá ser contratado espe­cialmente para ese fin, o podrá pertenecer al personal permanente de la Organiza­ción de los Estados Americanos, de la Comisión Económica para América Latina y del Banco Interamericano de Desarrollo, con arreglo a los actuales acuerdos de enlace entre los tres organismos. La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos podrá gestionar acuerdos con la Secretaría de las Naciones Unidas, sus organismos especializados y los de la Organización de los Estados Ame­ricanos, para proporcionar temporalmente el personal necesario.

7. El gobierno cuyo programa de desarrollo haya sido objeto de recomendaciones por parte del Comité ad hoc en cuanto a sus necesidades de financiamiento externo, podrá someterlo a la consideración del Banco Interamericano de Desarrollo a fin de que éste efectúe las gestiones necesarias para obtener dicho financiamiento, inclu­yendo la organización de consorcios de instituciones de crédito y gobiernos dispuestos a contribuir al financiamiento continuado y sistemático a plazos adecuados, del programa. No obstante, el gobierno tendrá entera libertad para recurrir por cualquier otra vía a toda fuente de financiamiento, con el objeto de obtener, en todo o en parte, los recursos requeridos.

El comité ad hoc no interferirá con el derecho de cada gobierno de formular sus propias metas, prioridades y reformas en sus programas nacionales de desarrollo.

Las recomendaciones del comité ad hoc serán de gran importancia para deter­minar la distribución de los fondos públicos de la Alianza para el Progreso que contribuyan al financiamiento externo previsto en dichos programas. Tales reco­mendaciones tendrán especialmente en cuenta lo expresado en el numeral 1 del Título I.

Asimismo, los gobiernos participantes harán gestiones para que tales recomen­daciones sean también aceptadas como un factor de gran importancia en las deci­siones que, para estos mismos efectos, tomen las instituciones interamericanas de crédito, otras agencias internacionales de crédito y gobiernos de países amigos que sean proveedores potenciales de capital.

8. El Consejo Interamericano Económico y Social examinará todos los años los progresos logrados en la formulación, realización nacional y financiación interna­cional de programas de desarrollo y someterá al Consejo de la Organización de los Estados Americanos, las recomendaciones que estime pertinentes.

APÉNDICE

Elementos de los programas de desarrollo nacional

1. El establecimiento de metas compatibles para lograr, durante el periodo del pro­grama, el aumento de la capacidad de producción en la industria, la agricultura, la minería, los transportes, la energía y las comunicaciones y el mejoramiento de las con­diciones de vida en las zonas urbanas y rurales, incluso el progreso en materia de vivienda, educación y salud.

2. La asignación de prelaciones y la descripción de métodos para alcanzar los fines que se persiguen, incluso las medidas específicas y los proyectos principales. Los proyectos concretos de desarrollo deberán justificarse en términos de la relación entre sus costos y beneficios, inclusive su aporte a la productividad social.

3. Las medidas que se adoptarán para dirigir las operaciones del sector público y para estimular la acción privada en apoyo del programa de desarrollo.

4. El costo estimado, en moneda nacional y extranjera, de los proyectos princi­pales y del programa de desarrollo en su conjunto, año por año, durante el periodo que abarque el programa.

5. Los recursos nacionales, públicos y privados, que se consideran disponibles para ejecutar el programa.

6. Los efectos directos e indirectos del programa sobre la balanza de pagos y el financiamiento externo, público y privado, que se estime necesario para ejecutar el programa.

7. Las orientaciones básicas de la política fiscal y monetaria que han de seguirse para permitir la realización del programa dentro de un sistema de estabilidad de precios.

8. El mecanismo de la administración pública —inclusive las relaciones con los gobiernos locales, organismos descentralizados y organizaciones no gubernamentales, como las laborales, cooperativas y organizaciones comerciales e industriales— que se utilizará para ejecutar el programa, adaptándolo a los cambios de circunstancias y evaluando el progreso realizado.

Título Tercero

INTEGRACIÓN ECONÓMICA DE LA AMÉRICA LATINA

Las Repúblicas americanas consideran necesario ampliar los actuales mercados nacio­nales latinoamericanos como condición indispensable para acelerar el proceso de des­arrollo económico del Continente y medio adecuado para obtener una mayor produc­tividad mediante la complementación y especialización industrial facilitando así la consecución de mayor beneficio social a los habitantes de las diferentes regiones. Esa ampliación de los mercados permitirá una mejor utilización de los recursos previstos en la Alianza para el Progreso.

En consecuencia reconocen que:

1. El Tratado de Montevideo, por su flexibilidad y por hallarse abierto a la adhesión de todos los países latinoamericanos, así como el Tratado General de Inte­gración Económica Centroamericana, son instrumentos eficaces para la realización de aquellos objetivos, tal como lo expresa la Resolución Num. 11 (III) del Noveno Periodo de Sesiones de la Comisión Económica para América Latina.

2. El proceso de integración podrá ser intensificado y acelerado no sólo por la espccialización resultante de la ampliación del mercado por medio de los programas de liberación del comercio, sino también mediante la utilización de mecanismos tales como los acuerdos sectoriales de complementation previstos en el Tratado de Montevideo.

3. A los efectos de asegurar la expansión armónica y complementaria de las economías de todos los países, el proceso de integración debe contemplar, con la necesaria flexibilidad, la situación de los países de menor desarrollo económico rela­tivo y permitir que se les conceda tratamientos especiales, justos y equitativos.

4. Con miras a facilitar la integración económica en el ámbito latinoamericano, es recomendable establecer vínculos adecuados entre la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (Alalc) y el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, así como entre una de estas agrupaciones y cualquier país latino­americano dentro de los límites de dichos instrumentos.

5. Es conveniente que los países latinoamericanos coordinen sus acciones para afrontar las condiciones desventajosas en que se encuentra su comercio exterior en los mercados mundiales, en especial como consecuencia de determinadas políticas restrictivas y discriminatorias de países y agrupaciones económicas extracontinen­tales.

6. En la aplicación de los recursos que resulten del programa de la Alianza para el Progreso debe darse especial atención, tanto a las inversiones para proyectos multi­nacionales que contribuyen a fortalecer el proceso de integración en todos sus aspec­tos, como a los financiamientos indispensables para la producción industrial y a la creciente expansión de su comercio en la América Latina.

7. Para facilitar la participación de los países de menor desarrollo relativo en los programas latinoamericanos de cooperación económica multinacional y promover un desarrollo armónico y equilibrado del proceso de integración latinoamericana, debe asignarse especial atención, dentro del financiamiento que provea la Alianza para el Progreso, a las necesidades de dichos países y, muy especialmente, a los programas de infraestructura y a la promoción de nuevas líneas de producción en esos países.

8. El proceso de integración económica implica necesidades adicionales de in­versión en diversos campos de la actividad económica y los recursos de la Alianza para el Progreso deben cubrir esas necesidades así como las contempladas en el finan­ciamiento de los programas nacionales de desarrollo.

9. Cuando grupos de países latinoamericanos tengan instituciones financieras de integración económica, el financiamiento a que se refiere el numeral anterior debe ser preferentemente llevado a cabo por medio de dichas instituciones, y para el financiamiento regional encaminado a realizar los fines de los instrumentos exis­tentes de integración regional, se procurará la cooperación del Banco Interamericano de Desarrollo para canalizar contribuciones extrarregionales que puedan otorgarse a tales efectos.

10. Una de las vías posibles para hacer efectiva una política de financiamiento de la integración latinoamericana sería gestionar del Fondo Monetario Internacional y de otras fuentes financieras, que provean los medios encaminados a resolver los problemas transitorios de balance de pagos que se produzcan en los países miembros de sistemas de integración económica.

11. El fomento y la coordinación de sistemas de transporte y comunicaciones son formas efectivas de acelerar el proceso de integración y es conveniente, para con­trarrestar prácticas abusivas en materia de fletes y tarifas, propiciar el estableci­miento de empresas multinacionales latinoamericanas de transporte y comunicacio­nes u otras soluciones adecuadas.

12. A los fines de la integración y complementación económicas se debe pro­curar una adecuada coordinación de los planes nacionales o la programación conjunta de varias economías a través de los organismos de integración existentes en la región y asimismo promover una política de inversiones encaminadas a eliminar progresiva­mente las desigualdades de crecimiento de las distintas zonas geográficas, especial­mente en el caso de los países de menor desarrollo económico relativo.

13. Es necesario promover el desenvolvimiento de las empresas nacionales latino­americanas, de manera que éstas puedan actuar en pie de igualdad competitiva frente a las extranjeras.

14. A los efectos del proceso de integración y desarrollo económico que se per­sigue, es fundamental la participación activa del sector privado y, excepto en los países donde no existe el régimen de la libre empresa, la programación del desarrollo por los organismos públicos nacionales competentes, lejos de obstaculizar esa partici­pación, puede facilitarla y encauzarla, abriéndole nuevas perspectivas de beneficio social.

15. Oue a medida que los países sujetos a dominación colonial en el Conti­nente americano vayan alcanzando su independencia, se les invite a participar en los programas de integración económica de América Latina.

Título Cuarto

PRODUCTOS BÁSICOS DE EXPORTACIÓN

Las Repúblicas americanas reconocen que el desarrollo económico de la América Latina requiere la expansión de su comercio, un aumento simultáneo y correspon­diente de sus ingresos en divisas derivadas de la exportación, una disminución de las fluctuaciones cíclicas o estacionales en los ingresos de aquellos países que aún depen­den considerablemente de la exportación de materias primas y la corrección del dete­rioro secular de sus términos de intercambio.

En vista de lo cual, acuerdan que debieran tomarse las medidas que en este Título se mencionen.

Capítulo I. Medidas nacionales.

Las medidas nacionales que afectan al comercio de productos primarios deben encaminarse y aplicarse con el fin de:

1. Evitar obstáculos indebidos a la expansión del comercio de estos productos;

2. Impedir la inestabilidad en el mercado;

3. Mejorar la eficacia de los planes y mecanismos internacionales de estabili­zación;

4. Incrementar sus mercados actuales y ampliar su área de intercambio a un ritmo compatible con un rápido desarrollo.

Por consiguiente:

A. Los países miembros importadores deberán reducir y si es posible abolir en el más breve plazo, todas las restricciones y discriminaciones al consumo y a la importación de productos primarios, incluyendo los de mayor grado posi­ble de elaboración en el país de origen, salvo cuando los mismos se imponen temporalmente a fin de diversificar la estructura económica, acelerar el des­envolvimiento económico de las naciones poco desarrolladas o constituir reservas nacionales básicas. Los países importadores deben también estar dispuestos a apoyar, mediante regulaciones adecuadas, programas de estabi­lización de productos primarios que se convenga realizar con los países pro­ductores.

B. Los países industrializados deberán prestar especial atención a la necesidad de acelerar el desarrollo económico de los países menos desarrollados.

Deben consecuentemente hacer los máximos esfuerzos para crear condi­ciones compatibles con sus obligaciones internacionales, mediante las cuales puedan conceder ventajas a los países menos desarrollados que permitan la rápida expansión de sus mercados. En vista de la urgente necesidad de ese desarrollo acelerado, los países industrializados deben también estudiar los medios para modificar, en todos los casos posibles, las obligaciones interna­cionales que impidan alcanzar ese objetivo.

C. Los países miembros productores deberán formular sus planes de producción y exportación, teniendo presente su efecto en los mercados mundiales y la necesidad de apoyar y mejorar la eficacia de los programas y mecanismos internacionales de estabilización. Igualmente procurarán evitar el aumento de la producción antieconómica de productos que puedan obtenerse en me­jores condiciones en los países menos desarrollados del Continente y que signifiquen fuente importante de ocupación laboral.

D. Los países miembros adoptarán todas las medidas necesarias para que se oriente la investigación tecnológica hacia la obtención de nuevos usos y sub­productos de aquellas materias primas básicas que son fundamentales para sus economías.

E. Los países miembros deberán procurar la reducción y si es posible la elimi­nación, en un plazo razonable, de los subsidios a las exportaciones y otras medidas que son causas de inestabilidad en los mercados de productos básicos y que ocasionan excesivas fluctuaciones de los precios e ingresos.

Capítulo II. Medidas de cooperación internacional.

1. Los países miembros deberán realizar esfuerzos coordinados y de ser posible conjuntos para:

a) Eliminar dentro del plazo más breve posible el proteccionismo indebido a la producción de materias básicas;

b) Suprimir impuestos y reducir precios internos excesivos que desalientan el consumo de productos básicos importados;

c) Procurar que se dé término a acuerdos preferenciales y otras medidas que limitan el consumo mundial de productos primarios latinoamericanos y su acceso a los mercados internacionales, en especial a aquellos de los países que están en proceso de integración económica en Europa occidental y de los países de economía centralmente planificada;

d) Adoptar los mecanismos de consulta necesarios para lograr que sus polí­ticas de comercialización, no tengan efectos perjudiciales en la estabilidad de los mercados de los productos básicos.

2. Los países industrializados deberán prestar la máxima cooperación a los menos desarrollados para que sus materias primas se exporten con el mayor grado de elaboración que sea económico.

3. Los países miembros, a través de sus representaciones en los organismos inter­nacionales de financiamiento, sugerirán que éstos tomen en cuenta, al con­siderar créditos para el fomento de la producción para la exportación, la situación que esos créditos puedan crear a los productos de los que hay exce­dentes en el mercado mundial.

4. Los países miembros deberán apoyar los esfuerzos que están realizando los grupos internacionales de estudio de productos y la Comisión de Comercio Internacional de Productos Primarios (Cict) de las Naciones Unidas. En ese sentido debe considerarse que es una responsabilidad conjunta de los países productores y consumidores tomar medidas en el plano nacional e interna­cional para reducir la inestabilidad en los mercados.

5. Para compensar de una manera adecuada y efectiva las fluctuaciones en el volumen y en los precios de las exportaciones de los productos básicos el Secre­tario General de la Organización de los Estados Americanos deberá convocar un grupo de expertos designados por los respectivos gobiernos, que se reunirá antes del 30 de noviembre de 1961 y que informará antes del 31 de marzo de 1962.

Los expertos deberán:

a) Considerar las cuestiones relativas al financiamiento compensatorio que han surgido durante la presente Reunión;

b) Analizar las propuestas de establecer un fondo internacional de estabili­zación de los ingresos de exportación, contenido en el informe del Grupo de Expertos a la Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Eco­nómico y Social, así como cualquier otra propuesta alternativa, y

c) Preparar un anteproyecto para la creación de mecanismos compensatorios de financiación. Este proyecto deberá circular entre los gobiernos miem­bros, y deberán obtenerse sus opiniones con suficiente antelación a la próxima reunión de la Comisión de Comercio Internacional de Productos Primarios (Cict).

6. Los países miembros deberán apoyar los esfuerzos encaminados a mejorar y fortalecer los convenios internacionales de productos y estar dispuestos a cooperar en la realización de situaciones determinadas de los mercados.

Asimismo deberán procurar que se adopten soluciones adecuadas para los problemas a corto y largo plazo de dichos mercados, a fin de que los intere­ses económicos de productores y consumidores sean igualmente defendidos.

7. Los países miembros solicitarán la cooperación, en programas de estabiliza­ción, de otros países productores y consumidores, teniendo en cuenta que las materias primas del Hemisferio occidental se producen y consumen tam­bién en otras partes del mundo.

3. Los países miembros reconocen que la colocación de excedentes y reservas acumuladas puede constituir una fuente de recursos para alcanzar las finali­dades propuestas en la parte primera de este Título, en tanto que, con la generación de recursos locales, se aumente al mismo tiempo el consumo de productos esenciales en los países que los reciben. Dicha colocación de exce­dentes y reservas deberá hacerse en forma ordenada con el fin de:

a) Evitar la perturbación de los actuales mercados comerciales a los países miembros, y

b) Alentar la expansión de la venta de sus productos a otros mercados.

Sin embargo se reconoce:

a) Que la colocación de excedentes con esos fines no debe desplazar las ventas comerciales de idénticos productos tradicionalmente efectuadas por otros países, y

b) Que tal colocación no puede sustituir los programas de asistencia finan­ciera y técnica en gran escala.

En fe de lo cual, se firma la presente Carta, en Punta del Este, Uruguay, a los diecisiete días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y uno.

Los textos originales se depositarán en los archivos de la Unión Panamericana, a donde se remitirán por conducto del Secretario General de la Reunión Extraordi­naria, con el fin de que se envíen copias certificadas a los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos.

RESOLUCIONES ANEXAS

A. Desarrollo económico y social

1. Plan Decenal de Educación de la Alianza para el Progreso.

2. Plan Decenal de Salud Pública de la Alianza para el Progreso.

3. Programa Tributario.

4. Grupos de Estudio para Tareas de Programación.

B. Integración económica

1. Créditos de Balance de Pagos para la Integración Económica.

2. Estudios sobre Puertos en América Latina.

3. Financiamiento de los Estudios de la Región del Darién.

C. Productos básicos de exportación

1. Proyecto de Declaración de Principios que Recomienda al Grupo de Estudio del Café para su Inclusión en el Convenio Mundial del Café.

2. Medidas Internas en los Países Productores para Regularizar el Mercado del Café.

3. Comisión para Gestionar la Eliminación de Restricciones Impuestas al Consumo del Café.

4. Facilidades para la Exportación de Carnes y otros Productos Primarios.

5. Aceptación de Lanas Latinoamericanas en los Mercados Europeos a Término.

6. Prácticas Restrictivas que Afectan la Importación de Lanas en sus Diver­sos Estados.

7. Encargos a la Secretaría.

D. Examen anual del progreso económico y social

E. La opinión pública y la Alianza para el Progreso

. . .

Resolución A. 1

Plan decenal de educación de la Alianza para el Progreso

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que el fin primordial de la educación es el desarrollo integral de cada ser huma­no, y que, aparte de su valor en sí, la realización de este fin es un factor decisivo para el auténtico desarrollo social y económico de los pueblos;

Que los bajos niveles de educación en los países latinoamericanos son a la vez resultado y causa de su situación económica y social, y que se requiere dar un vigoroso impulso a los servicios educativos para romper ese círculo vicioso;

Que los países latinoamericanos han realizado en los últimos años esfuerzos con­siderables para extender y mejorar sus sistemas de educación pero que, con todo, la insuficiencia de éstos constituye un serio obstáculo para el progreso económico y la in­tegración social;

Que en condiciones adecuadas, las inversiones en educación tienen el más alto multiplicador cultural, social y económico;

Que a fin de asegurar el éxito de la Alianza para el Progreso y el máximo ren­dimiento de los recursos asignados a la educación es indispensable integrar los planes para su desenvolvimiento con los programas nacionales de desarrollo;

Que la Organización de los Estados Americanos —a través de sus servicios de educación y de fomento científico— y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura han estimulado en los países de la América Latina un vigoroso movimiento para la planificación integral de la educación, de acuerdo con las recomendaciones de la Segunda Reunión Interamericana de Minis­tros de Educación;

Que en diciembre de 1961 se realizará en Santiago de Chile la Conferencia sobre Educación y Desarrollo Económico y Social en América Latina, convocada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cul­tura, la Comisión Económica para América Latina y la Organización de los Estados Americanos, y en junio de 1962 tendrá lugar en Bogotá la Tercera Reunión Inter­americana de Ministros de Educación.

Recomienda:

1. Que se adopten en cada país planes integrales de educación encaminados a lograr metas precisas en la próxima década, a fin de elevar el nivel cultural de los pueblos de la América Latina y capacitarlos para que participen constructivamente en el desarrollo económico y social.

2. Que se adopten como metas de la Alianza para el Progreso en el campo de la educación, para ser alcanzadas en los próximos diez años, las siguientes:

a) Por lo menos seis años de Educación Primaria, gratuita y obligatoria, para toda la población en edad escolar. Esto significaría el aumento de la ma­trícula en las escuelas primarias de aproximadamente 26 millones de niños en 1960 a unos 45 millones en 1970.

b) Realización de campañas sistemáticas de educación de adultos, orientadas hacia el desarrollo de las comunidades, la capacitación de la mano de obra, la extensión cultural y la erradicación del analfabetismo. De esta manera puede conseguirse incorporar a más de 50 millones de adultos analfabetos a niveles mínimos de participación efectiva en la vida cultural, social y eco­nómica de sus países.

c) Reforma y extensión de la enseñanza media de tal modo que una proporción mucho más alta de la nueva generación tenga oportunidades para continuar su educación general y recibir algún tipo de formación vocational o pre­profesional de alta calidad. Esto se traducirá en un muy considerable aumento de la actual matrícula de aproximadamente 3.2 millones en la en­señanza media.

d) Realización de estudios para determinar las variadas necesidades de mano de obra calificada que requiere el desarrollo industrial, la reforma agraria y la promoción agrícola, los planes de desarrollo social y la administración pública en todos sus niveles, y establecimiento de programas de emergencia para la capacitación o formación acelerada de dicho personal.

e) Reforma, extensión y mejoramiento de la enseñanza superior, de tal modo que una proporción muchísimo más alta de jóvenes tenga acceso a ella. Con tal medio se conseguirá un aumento sustancial de la matrícula de las univer­sidades, que es actualmente de unos 500 mil alumnos.

f) Fomento de la enseñanza de las ciencias y de la investigación científica y tecnológica, e intensificación de la preparación y el perfeccionamiento de científicos y profesores de ciencias.

g) Intensificación del intercambio de estudiantes, maestros, profesores, inves­tigadores y otros especialistas a fin de estimular la comprensión mutua y el máximo aprovechamiento de los medios de formación e investigación.

h) Desarrollo de las bibliotecas públicas y escolares, como uno de los medios más eficaces de complementar y fortalecer la labor educativa, y de enri­quecer y difundir el patrimonio artístico y cultural.

i) Reorientación de la estructura, contenido y métodos de la educación en todos los niveles, a fin de adaptarla más adecuadamente a los avances del conocimiento, al progreso científico y tecnológico, a las necesidades culturales de los países latinoamericanos y a las exigencias de su desarrollo social y económico.

j) Establecimiento de sistemas de becas y otras formas de asistencia social y económica al estudiante, a fin de reducir la deserción escolar, particular­mente en las zonas rurales, y de asegurar una efectiva igualdad de oportu­nidades de recibir educación en todos sus niveles.

k) Desarrollo y fortalecimiento de centros nacionales y regionales para el per­feccionamiento y formación de los maestros y profesores y de los especialis­tas en los diversos aspectos del planeamiento y la administración de los servicios educativos que se requieren para alcanzar las metas antedichas.

3. Que, a fin de contemplar los recursos internos disponibles para poner en práctica los planes integrales de educación, el Fondo Especial Interamericano de Desarrollo Social, el Banco Interamericano de Desarrollo y otras fuentes de crédito proporcionen préstamos para bien concebidos proyectos nacionales y regionales de desarrollo educativo, particularmente para edificios y equipos escolares.

4. Que la Organización de los Estados Americanos, en cooperación con los organismos especializados competentes de las Naciones Unidas y otras entidades in­teresadas proporcionen asistencia técnica a los países que lo soliciten para la prepa­ración, financiamiento y ejecución de planes nacionales y proyectos específicos de desarrollo educativo.

5. Que el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, al definir la misión del Grupo Especial de Trabajo en Educación previsto en la Reso­lución A. 4, considere todas las recomendaciones de la presente, y que dicho grupo desarrolle sus actividades en estrecha cooperación con los organismos internacionales y nacionales competentes.

6. Que, en relación con el desarrollo de las universidades y de la investigación científica, las conclusiones y recomendaciones del Informe rendido a la Organización de los Estados Americanos por un grupo de expertos sobre las necesidades en dichos campos, sean consideradas cuidadosamente por los Estados miembros, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos y el Grupo Especial de Tra­bajo en Educación.

7. Que en la Conferencia sobre Educación y Desarrollo Económico y Social en América Latina y en la Tercera Reunión Interamericana de Ministros de Educa­ción se dedique especial atención a las siguientes tareas: a) precisar en sus detalles específicos las grandes metas indicadas en el numeral 2 de la presente resolución; h) señalar las prioridades para los esfuerzos iniciales, y c) recomendar los medios prác­ticos más adecuados para alcanzar las metas propuestas.

Resolución A. 2

Plan decenal de salud pública de la Alianza para el Progreso

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Teniendo presente:

Las recíprocas relaciones que existen entre salud, desarrollo económico, nivel de vida y bienestar, y

Considerando:

Que hay acuerdo entre los gobiernos de las Américas para planificar simultánea­mente el crecimiento económico y el progreso social para el decenio que se inició en 1960;

Que con este propósito son indispensables una serie de disposiciones previas destinadas a formular los planes nacionales en forma que consulten los problemas de mayor importancia para las sociedades;

Que mientras se preparen dichos planes, no deben interrumpirse los programas en ejecución sino, por el contrario, ampliarse a nuevas comunidades e iniciar aquellos otros que tengan significado economicosocial, dando prioridad a los planes de emer­gencia en ciertos países;

Que es indispensable coordinar las diversas iniciativas que forman parte del bienestar individual y colectivo, tanto en los planes nacionales como en los pro­yectos actualmente en ejecución o los que se realicen en el futuro;

Que el Grupo de Expertos de la Organización de los Estados Americanos sobre Planificación del Desarrollo Económico y Social en América Latina estableció “que el mejoramiento de las condiciones de salud no sólo es deseable en sí mismo, sino que constituye un requisito esencial previo al crecimiento económico y debe formar, por lo tanto, parte indispensable de los programas de desarrollo de la región’*, y

Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos recomendó a los gobiernos que al programar y negociar el financiamiento del desarrollo económico, se incluyan los programas de salud pública que son esenciales y complementarios de los económicos, y que también recomendó la asesoría técnica de la Oficina Sanitaria Panamericana para la formulación de tales programas (Resolución VII, Segunda Reunión),

Resuelve:

1. Recomendar a los gobiernos las siguientes medidas a largo plazo para la prevención de las enfermedades, defensa y recuperación de la salud:

a) Preparar los planes nacionales para el próximo decenio.

b) Crear unidades de planificación y evaluación en los Ministerios de Salud con la debida representación ante los organismos nacionales de planifica­ción general del desarrollo económico y del progreso social para la corres­pondiente coordinación.

c) Mejorar la recopilación y análisis de las estadísticas vitales y sanitarias como base para formular y evaluar los planes nacionales de salud.

d) Dar particular importancia a la formación y capacitación de profesionales y auxiliares para las acciones de prevención y curación de las enferme­dades. Con este fin es preciso

i. Determinar el número de técnicos de diversas categorías necesario para cada función o profesión;

ii. Capacitar en servicio a los funcionarios actuales y formar progresiva­mente a otros en el mínimo indispensable, y

iii. Ampliar o crear los centros educativos necesarios.

e) Perfeccionar la organización y administración de los servicios nacionales y locales de salud, integrando las funciones de prevención y curación; lograr un mejor rendimiento de los servicios de asistencia médica; crear progre­sivamente los que sean indispensables y asegurar la accesibilidad económica de agentes terapéuticos y prevención de las enfermedades.

f) Adoptar las disposiciones legales e institucionales que aseguren el cum­plimiento de los principios y normas de la medicina individual y colectiva en la ejecución de proyectos de industrialización, urbanización, vivienda, desarrollo rural, educación, turismo y otros.

g) Hacer el mejor uso posible de los conocimientos derivados de la investi­gación científica para la prevención y el tratamiento de las enfermedades.

2. Recomendar a los gobiernos la ejecución de las siguientes medidas de efectos inmediatos:

a) Dar término a los proyectos en ejecución, en especial los relacionados con el control o erradicación de las enfermedades transmisibles, el saneamien­to, la nutrición, la atención médica, la protección de la maternidad e in­fancia, la educación sanitaria y otros destinados a la defensa de la salud, reconociendo la debida prioridad a los programas de emergencia de determinados países.

b) Formular, para su ejecución progresiva, proyectos destinados a:

i. Suministrar agua potable y servicios de alcantarillado por lo menos al 70 % de la población urbana y al 50 % de la población rural en el próximo decenio, como mínimo;

ii. Reducir la mortalidad de los menores de 5 años de edad a la mitad de las tasas actuales;

iii. Erradicar el paludismo y la viruela del Continente e intensificar el control de otras enfermedades infecciosas frecuentes, tales como las entéricas y la tuberculosis;

iv. Mejorar sustancialmente la alimentación y la nutrición de los grupos más vulnerables de la población, aumentando la ingestión de proteínas de origen animal o vegetal, y

v. Procurar que se atienda cada vez mejor a mayor número de enfermos, perfeccionando la organización y administración de los hospitales y otros centros de protección y defensa de la salud.

3. Establecer como meta general de los programas de salud en el próximo dece­nio un aumento en cinco años de la esperanza de vida al nacer de cada persona.

4. Recomendar a los gobiernos que, cuando lo estimen conveniente, utilicen la asesoría técnica de la Oficina Sanitaria Panamericana, Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud en la preparación y ejecución de estos planes. Igualmente, apoyar los proyectos de dicho organismo para esta­blecer sistemas de planificación en salud en los países de América Latina.

5. Recomendar asimismo el uso de otros medios de asistencia técnica, multi­lateral o bilateral que están a disposición de los países de este Continente.

Resolución A. 3

Programa tributario

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que la Unión Panamericana, la Comisión Económica para América Latina y el Banco Interamericano de Desarrollo, en cooperación con el Programa Internacio­nal sobre Tributación de la Escuela de Derecho de la Universidad de Harvard han logrado progresos satisfactorios para llevar adelante un programa a largo plazo para reforzar los sistemas de tributación;

Que los Estados americanos necesitan movilizar sus recursos nacionales para cumplir con los principios del Acta de Bogotá, y

Que la aplicación de sanas políticas fiscales y administrativas facilita el finan­ciamiento del desarrollo económico y contribuye al progreso social mediante la dis­tribución más equitativa de los ingresos y el estímulo para la utilización más eficaz de la tierra,

Recomienda:

1. Que los gobiernos de los Estados miembros estimulen la participación en el programa que desarrollan los mencionados organismos patrocinantes.

2. Que la Unión Panamericana ayude a llevar a cabo actividades de adiestra- trainiento e investigación dentro del programa que desarrollan los organismos patro­cinantes.

3. Que los gobiernos de los Estados miembros faciliten la participación de ex­pertos nacionales en las dos conferencias que se organizan según dicho programa, la primera de las cuales se realizará en Buenos Aires en octubre de 1961 y la segunda en Santiago, en 1962, y se ocuparán de administración y política tributarias, respec­tivamente.

4. Que los gobiernos, mediante sus ministerios de hacienda u otros departa­mentos gubernamentales competentes, cooperen en la preparación de documentos de trabajo para esas conferencias, proporcionando los datos fundamentales y las esta­dísticas fiscales.

RESOLUCIÓN A. 4

Grupos de estudio para tareas de programación

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Reconociendo:

Que es esencial una adecuada programación nacional de las actividades funda­mentales, como las de educación y formación profesional; salud pública, normas laborales y relaciones del trabajo, comercialización, movimientos cooperativos, uso y tenencia de la tierra, administración pública, programación de inversiones, movi­lización de los recursos nacionales, medidas para desalentar la evasión de capitales, incentivos para una industrialización apropiada, facilidades de vivienda y comunales para los grupos de ingresos reducidos, servicios adecuados de crédito, y otras;

Que estos temas son de carácter altamente especializado y que requieren un estudio detallado por expertos;

Que los análisis basados en investigaciones realizadas sobre el terreno y cuida­dosas evaluaciones en muchos casos serán de incalculable valor para los gobiernos en la formulación de planes y programas nacionales, y

Teniendo en cuenta:

Que la realización de estos estudios estaría comprendida dentro del financia­miento ofrecido por los Estados Unidos a que se refiere el numeral 3 del Capítulo IV, Título Segundo, de la Carta de Punta del Este,

Recomienda:

1. Que el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos nombre inmediatamente grupos de estudio para llevar a cabo investigaciones y análi­sis que, aprovechando las experiencias de los Estados miembros, preparen informes y lleguen a conclusiones de carácter general para la América Latina en los campos de la educación, la reforma agraria y el desarrollo agrícola, y la salud pública, que puedan servir de antecedente y ser tomados en cuenta por los gobiernos de los Esta­dos miembros en la preparación de sus programas nacionales de desarrollo. Queda entendido que ningún estudio será llevado a cabo dentro de un país sin el previo consentimiento de éste.

2. Que el grupo especial encargado de la educación estudie el estado en que se encuentra la programación del desarrollo de la educación y examine los mejores medios de perfeccionarlos; que proponga proyectos promisorios de carácter regional; que sugiera pautas apropiadas para el mejor uso de la ayuda exterior, a fin de com­plementar los recursos locales; que evalúe todas las fuentes probables de apoyo exterior provenientes de organizaciones internacionales y particulares, y las singulares aptitudes y mejores contribuciones potenciales de cada uno, y que formule conclu­siones respecto a los medios apropiados para asegurar un constante, vigoroso v bien coordinado esfuerzo total para el progreso educativo, científico y cultural de toda la América Latina.

3. Que el grupo encargado de la reforma agraria y el desarrollo agrícola, en colaboración con la Comisión Económica para América Latina, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación e Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas, formule conclusiones sobre la mq’or manera de lograr un aumento rápido y sustancial de la productividad agrícola y para asegurar que las ventajas de la mayor productividad se pongan a disposición de quienes trabajan la tierra, y en general para alcanzar los fines señalados en los numerales 5 y 6 del Título Primero de la Carta de Punta del Este.

4. Que el grupo encargado del estudio de la salud, organizado por medio de la Oficina Sanitaria Panamericana, evalúe los problemas predominantes, y que sugiera líneas generales de acción de efecto inmediato, para: el control o erradicación de enfermedades transmisibles; el saneamiento, sobre todo en el abastecimiento de agua y la eliminación de aguas negras; para la disminución de la mortalidad infantil y especialmente de recién nacidos y el mejoramiento de la nutrición. Oue reco­miende, asimismo, medidas para la educación y el adiestramiento de personal y para el mejoramiento de los servicios de salud.

5. Que la Secretaría General, en colaboración con la Comisión Económica para América Latina y el Banco Interamericano de Desarrollo, determine la existencia de otros asuntos que asimismo requieran la más urgente atención en estos momentos y que parecieran ofrecer la mayor posibilidad de una acción fructífera, teniendo en cuenta en forma especial los temas citados en el párrafo primero de los considerandos.

6. Que la Secretaria General organice, o disponga la organización, dentro de los próximos seis meses, del mayor número posible de grupos especiales de técnicos, en relación con los recursos que pueden asignarse a estos esfuerzos. Tales grupos deberán componerse de especialistas particulares en cada tema, y de técnicos guber­namentales que se consideren necesarios, y tendrán la misión de realizar investiga­ciones y estudios conducentes a la formulación de recomendaciones prácticas.

7. Que los grupos especiales coordinen sus tareas con las actividades que, en los campos de su competencia, desarrollen las Naciones Unidas y sus organismos espe­cializados.

8. Que cada grupo especial presente un informe de sus conclusiones al Secre­tario General y al Consqo Interamericano Económico y Social y cualquier otro informe que se considere conveniente.

9. Que al finalizar el periodo de seis meses, el Secretario General, por inter­medio del Secretario Ejecutivo del Consejo Interamericano Económico y Social, pre­sente a los miembros de dicho órgano un informe, en el que se resuman los progresos realizados en el cumplimiento de esta resolución.

10. Que el Secretario General acepte los recursos que se pusieren a disposición de la Organización de los Estados Americanos para lograr las metas y fines del Programa de la Alianza para el Progreso, y que concierte acuerdos mediante los cua­les se acepten contribuciones para actividades específicas.

11. Que el Secretario General administre las contribuciones mencionadas en el párrafo anterior, de conformidad con la autorización que le confiere el Artículo 85 del Reglamento de la Unión Panamericana, como fondos especiales en cuentas separadas, y los utilíce según los términos de dichos acuerdos y en la forma que él disponga.

Resolución B. 1

Créditos de balance de pagos para la integración económica

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que en el Título III, numeral 10 de la Carta de Punta del Este se dispuso que deberían hacerse gestiones encaminadas a establecer medios para resolver problemas transitorios de balance de pagos que se produzcan en los países latinoamericanos con motivo de su proceso de integración,

Recomienda:

A los gobiernos de los Estados que integran este Consejo instruyan a sus repre­sentantes en el Fondo Monetario Internacional, a fin de que soliciten a este último organismo, que considere el establecimiento de un sistema de créditos encaminado a resolver los problemas transitorios de balance de pagos, que se produzcan en los países de América Latina, a consecuencia de la liberalización de sus importaciones dentro de las zonas de integración económica que se establezcan, sin perjuicio de la atención de otros problemas del balance de pagos de la región.

Resolución B. 2

Estudios sobre puertos en América Latina

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que uno de los factores importantes que perjudican al comercio de la América Latina es la ineficacia y los altos costos que caracterizan la operación de muchos de sus puertos;

Que el Comité de Comercio en su Tercer Periodo de Sesiones, al aprobar la Resolución 15 recomendó a la Secretaría de la Comisión Económica para América Latina que en el desarrollo de los trabajos comprendidos en el programa de su Comité considere en especial los problemas relacionados con la disponibilidad y condiciones de funcionamiento del transporte de los productos de intercambio latinoamericanos, y Que se trata de un problema de interés común para los países latinoamericanos que podría abordarse como un proyecto multinacional,

Resuelve:

1. Pedir a la Secretaría de la Comisión Económica para América Latina que realice en conjunto con la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, un estudio técnico de los puertos en América Latina, con la correspon­diente estimación de las inversiones necesarias, que tenga por objeto lograr mayor eficacia en la operación de esos puertos, con el fin de abaratar los costos y promover un mayor intercambio de los productos latinoamericanos.

2. Solicitar a la Secretaría de la Comisión Económica para América Latina que, en conjunto con la Secretaria General de la Organización de los Estados Ame­ricanos, constituya un grupo especial de trabajo con este fin, pidiendo la colaboración de los países interesados y del Gobierno de los Estados Unidos, a fin de obtener asistencia técnica y financiera para la preparación del programa.

3. Recomendar que se eleve el estudio de dicho grupo de trabajo a los gobier­nos y a la Undécima Conferencia Interamericana.

RESOLUCIÓN B. 3

Financiamiento de los estudios de la región del Darién

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que para el desarrollo económico de la América Latina uno de los principales factores es el transporte y, especialmente, la construcción de la Carretera Paname­ricana, y

Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos, en sesión del 5 de abril de 1961, con base en el informe de su Comisión de Programa y Presupuesto, refirió a los Gobiernos el plan de financiamiento de los estudios de la Carretera Panamericana en la región del Darién, en Panamá, y zonas contiguas en Colombia, formulado por el Octavo Congreso Panamericano de Carreteras (Bogotá, 1960), en cumplimiento del mandato contenido en la Recomendación número 6 del Comité Interamericano de Representantes de los Presidentes (Washington, 1957), con la solicitud de que los gobiernos que aún no se hubieran pronunciado sobre la materia lo hicieran a la mayor brevedad, y que el Secretario General de la Organización creara un Fondo Especial destinado a recibir las aportaciones a que se refiere el plan,

Resuelve:

Recomendar a los gobiernos americanos hagan conocer sus observaciones y aceleren las gestiones relativas al financiamiento de los estudios del “Tapón del Darién”, conducentes a iniciar gestiones para su financiamiento a largo plazo, a fin de unir las Américas por medio de una vía permanente que permitirá el intercambio comercial, cultural y turístico de nuestros países.

Resolución C. 1

Proyecto de Declaración de Principios que recomienda al Grupo de Estudio del Café para su inclusión en el Convenio Mundial del Café

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Declara su decisión de apoyar la celebración de una Reunión del Grupo de Estu­dio del Café que se celebrará en Washington, en septiembre de 1961, a fin de ase­gurar la preparación, lo antes posible, de un Acuerdo Mundial del Café a largo plazo. Por lo tanto, concuerda en los siguientes principios, que recomienda al Grupo de Estudio del Café para su inclusión en el Convenio:

a) La mayor participación posible de países productores y consumidores de café;

b) La determinación de cuotas de exportación adecuadas a la demanda mun­dial y su apropiada distribución periódica durante el año, a fin de asegurar justos precios al café y evitar nuevos debilitamientos de los mercados mun­diales del mismo;

c) El fortalecimiento del sistema de cuota de exportación, cuando sea nece­sario, por medio de la comprobación, por las naciones importadoras, de documentos aduaneros y mediante la imposición de cuotas de importación a países no miembros del Convenio; y, bajo condiciones adecuadas, impo­sición de cuotas de importación a los países miembros que dejen de cumplir sus obligaciones;

d) El establecimiento de un sistema internacional para certificar el origen y la calidad del café;

e) La limitación de la plantación y producción de café, con financiamiento internacional complementario al esfuerzo nacional, a fin de ayudar a la di ver­sificación económica de las zonas productoras de café. Se tomarán medi­das para asegurar que adecuada asistencia técnica esté rápidamente disponible para lograr los citados propósitos;

f) El estímulo al consumo, tanto en los países importadores como en los pro­ductores de café, apoyado por un fondo adecuado para fines de promoción;

g) La adopción, por parte de las naciones productoras, de todas las medidas referentes a producción y comercialización ordenada de café durante todo el año, necesarias para poder garantizar el estricto cumplimiento de sus obli­gaciones internacionales;

h) La preparación de un estudio que determine los medios posibles para esta­blecer un fondo internacional que complemente los esfuerzos nacionales a que se refiere el párrafo g, e

i) Un estudio permanente de la situación cafetalera mundial, con vistas a aumentar los ingresos reales derivados de la exportación de café.

Resolución C. 2

Medidas internas en los países productores para regularizar el mercado del café La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Recomienda el estudio y las gestiones sobre sistemas complementarios de finan­ciamiento así como otras medidas de cooperación internacional para la adecuada administración de las cuotas anuales. Para facilitar tales estudios y gestiones insta a los países productores de café, miembros de la Organización de los Estados Ame­ricanos a que perfeccionen o creen a la mayor brevedad sistemas y medidas internas para la regulación del mercado que garanticen, además, el cumplimiento de los pactos. Los planes para llevar a cabo lo dispuesto en esta recomendación deberán ser elaborados antes del 10 de septiembre de 1961.

Resolución C. 3

Comisión para gestionar la eliminación de restricciones impuestas al consumo del café

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que el efecto de los elevados impuestos y otros gravámenes que aplican varios países, principalmente los que forman el Mercado Común Europeo, impone una carga sobre la importación del café latinoamericano.

Oue ese gravamen recarga sobremanera el costo del producto, restringiendo seriamente su consumo, y

Que ese régimen tributario perjudica a ciertos países de la América Latina, al dis­minuir sus exportaciones y su capacidad para el intercambio con aquel mercado.

Recomienda:

1. Que se cree una Comisión compuesta por cinco miembros nombrados por gobiernos. Dos de ellos deberán ser escogidos de los países que están representados en Fedecame, uno de Brasil, uno de Colombia y uno de México. La finalidad con­creta de esta Comisión será la de realizar gestiones ante los países que imponen restricciones artificiales al consumo del café para lograr su eliminación paulatina.

2. La Comisión representará a todos los miembros de la Organización de los Estados Americanos que hayan aprobado la resolución.

3. La Comisión realizará, inicialmente, gestiones ante los países consumidores, en el seno del Grupo de Estudios del Café, en Washington, y estará autorizada para mantener, cuando lo estime conveniente, relaciones directas con entidades y autoridades regionales de Europa.

Resolución C. 4

Facilidades para la exportación de carnes y otros productos primarios

(México y los Estados Unidos de Norteamérica se abstuvieron de votar. El delegado de México expresó que su abstención se fundaba en el hecho de que no se había resuelto aún el peligro que representaba la fiebre aftosa al efecto.)

Proyecto de recomendación sometido por la Comisión III

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que para cumplir con los fines que se persiguen en la Alianza para el Progreso es necesario el fortalecimiento de las economías americanas;

Que siendo estos países proveedores de productos básicos, es fundamental pro­pender al incremento de sus exportaciones;

Que para algunos países americanos las carnes y otros productos primarios repre­sentan su mayor fuente de ingresos, y

Que en consecuencia es aconsejable adoptar todas las medidas que tiendan a facilitar un aumento del volumen de las exportaciones de carnes y otros productos primarios, dentro y fuera del Continente Americano, adoptando las medidas condu­centes que tiendan a eliminar las barreras existentes.

Recomienda:

1. Que existiendo actualmente restricciones en los mercados consumidores de los países miembros que dificultan el acceso de carnes y otros productos primarios, se hace necesario adoptar las medidas que tiendan a eliminar las restricciones inde­bidas que traban el ingreso de los mencionados productos.

2. Que por las vías que correspondan se haga llegar además a los países inte­grantes del Mercado Común Europeo la gran preocupación existente en los miembros de la comunidad americana por la inclusión de carnes y otros productos primarios en dicho mercado común, lo que significa un grave perjuicio para los países expor­tadores de estos productos básicos.

Resolución C. 5

Aceptación de lanas latinoamericanas en los mercados europeos a término

(México y los Estados Unidos de Norteamérica se abstuvieron de votar. El delegado de México expresó que su abstención se fundaba en el hecho de que no se había resuelto aún el peligro que representaba la fiebre aftosa al efecto.)

Proyecto de recomendación sometido por la Comisión III

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que es conveniente para el más activo comercio internacional la presencia de los productos latinoamericanos en los mercados a término de los centros comerciales básicos;

Que el Consejo Interamericano Económico y Social propicia la formación de un frente común entre sus miembros que, entre otros cometidos, tienda a la búsqueda y conquista de nuevos mercados para su producción, y

Que la lana latinoamericana se comercializa en todos los mercados internacio­nales.

Recomienda:

Que los mercados a término de los centros comerciales básicos acepten cotiza­ciones correspondientes a lanas latinoamericanas.

Resolución C. 6

Prácticas restrictivas que afectan la importación de lanas en sus diversos estados

(México y los Estados Unidos de Norteamérica se abstuvieron de votar. El delegado de México expresó que su abstención se fundaba en el hecho de que no se había resuelto aún el peligro que representaba la fiebre aftosa al efecto.)

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que existen varias restricciones en los países miembros del área y ajenos a ella, que crean obstáculos a la comercialización de la lana en sus diversos estados, de los que —en algunos casos— deriva la sustitución del consumo de fibras naturales por fibras sintéticas, impidiendo así el desarrollo y sano crecimiento de las econo­mías de los países miembros productores de lanas, que es objetivo básico de la Alianza para el Progreso;

Que en las Recomendaciones sobre Expansión de las Posibilidades de Mercados de productos Básicos, el Consejo Interamericano Económico y Social sugiere a los países miembros de la organización “liberalizar y eliminar las restricciones y limita­ciones al consumo y a la importación de productos primarios”;

Que análogas recomendaciones se formulen en el sentido de que los países miem­bros interpongan sus esfuerzos, individual o colectivamente, para abatir los obstáculos a la importación en otros mercados no pertenecientes al área, y

Que es supuesto ampliamente aceptado en el desarrollo económico de América la necesidad de expandir los mercados de productos primarios y favorecer su inter­cambio en escala creciente,

Recomienda:

1. Exhortar a los gobiernos de los Estados miembros a que revean las políticas in­ternas arancelarias, impositivas, etc., que dificultan la importación de lanas en sus diversos estados, restableciendo condiciones competitivas en sus respectivos mercados que faciliten las opciones del consumo sin violentar sus tendencias naturales.

2. Exhortar asimismo a la revisión de las políticas limitativas de la importación de lanas en sus diversos estados, provenientes de países de la comunidad frente al Mercado Común Europeo y otros centros consumidores, haciendo valer, individual o colectivamente, la influencia de la Organización para lograr análogos objetivos libc- ralizadores del consumo de fibras naturales.

Resolución C. 7

Encargos a la Secretaría

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

La necesidad de acordar medidas para dar cumplimiento a los principios generales adoptados en el Título IV de la Carta de Punta del Este sobre los problemas de productos básicos de exportación de la América Latina,

Resuelve:

1. Encomendar a la Secretaría General que realice los estudios tendientes a pro­mover la colocación, en los mercados internacionales, de los productos exportables de los países latinoamericanos.

2. Encomendar asimismo a la Secretaría General que tome las medidas condu­centes a la realización de los estudios previstos en el Título IV, Capítulo II, nume­ral 5, de la Carta de Punta del Este, para el establecimiento de un fondo internacional de estabilización de los ingresos de exportación.

3. Instiuir a la Comisión de Productos Básicos del Consejo Interamericano Eco­nómico y Social para que, por iniciativa propia o a pedido de uno o varios gobiernos de los Estados miembros de la Organización, considere los estudios preparados por la misma Secretaría.

RESOLUCIÓN D

Examen anual del progreso económico y social y reuniones anuales del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que los esfuerzos cooperativos que se hagan para acelerar el progreso económico y social de la América Latina, de conformidad con la Alianza para el Progreso, esti­pulada en la Carta de Punta del Este, requieren exámenes periódicos del progreso logrado, de los problemas que se presenten y de las labores que se han de realizar;

Que en la primera recomendación del Capítulo IV del Acta de Bogotá se sugiere que el Consejo Interamericano Económico y Social organice reuniones anuales de consulta para examinar el progreso económico y social;

Que las recomendaciones de la Reunión Especial de Representantes Guberna­mentales de Alto Nivel para el Fortalecimiento del Consejo Interamericano Económi­co y Social, aprobadas por el Consejo de la Organización de los Estados Americanos, establecen que el Consejo Interamericano Económico y Social celebre normalmente sólo dos reuniones anuales, de las cuales la segunda lleve a cabo las labores que se indican en la primera recomendación del Capítulo IV del Acta de Bogotá y a la que, de ser posible, asistan representantes de categoría ministerial, y

Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos lia solicitado a su Comisión de Reglamento y Procedimientos que estudie las reformas al Estatuto del Consejo Interamericano Económico y Social que sean necesarias.

Recomienda:

1. A los gobiernos de los Estados miembros, las siguientes pautas y procedi­mientos para realizar exámenes anuales del progreso económico y social logrado y para organizar reuniones anuales del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial.

2. Al Consejo de la Organización de los Estados Americanos, que tenga en cuenta dichas pautas y procedimientos al tiempo de modificar, según convenga, el Estatuto del Consejo Interamericano Económico y Social y, a la Secretaría, que se guíe por ellos al preparar las reuniones anuales al nivel ministerial.

3. Al mismo Consejo de la Organización, que incorpore al Estatuto reformado del Consqo Interamericano Económico y Social una disposición que faculte a la reunión anual de este Consejo, como órgano del Consejo de la Organización, a apro­bar el presupuesto de la Unión Panamericana para sus labores económicas, sociales y estadísticas, el cual quedará sujeto únicamente a la aprobación final del Consejo de la Organización mediante procedimientos que simplifiquen el examen del presupuesto y garanticen su pronta consideración y decisión.

A. Examen anual del progreso económico y social. La segunda de las reuniones anuales que se denominará Reunión Anual del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial, efectuará un examen del progreso económico y social logrado en los países latinoamericanos, incluyendo el adelanto alcanzado en la formu­lación, realización y financiamiento de los programas nacionales de desarrollo.

B. Objeto del examen anual. El objeto del examen anual es analizar y discutir el progreso económico y social logrado por los Estados miembros, como también los problemas que lia afrontado cada país, a fin de intercambiar ideas sobre las posibles medidas que se pudieran tomar para impulsar ese progreso, preparar informes sobre las perspectivas futuras y hacer las recomendaciones que se consideren apropiadas respecto a políticas y medidas de carácter general tendientes a promover aún más el desarrollo económico y social, de conformidad con el Acta de Bogotá y la Carta de Punta del Este.

Los resultados de ese examen se resumirán en un Informe Anual del Progreso Económico y Social de la América Latina, que emitirá la Reunión al Nivel Minis­terial. En este informe figurarán las principales realizaciones y problemas del des­arrollo económico y social de la América Latina, las labores futuras en que se debe insistir y las perspectivas de la región en general.

C. Informes en que se basará el examen anual

1. De acuerdo con el Acta de Bogotá, cada país presentará un informe de la situación de sus programas económicos y sociales y de su cumplimiento, así como de los problemas afrontados en estas materias y de las perspectivas futuras. A solicitud explícita de un gobierno, la Secretaría General colabo­rará con él en la preparación del informe.

2. Los informes de los países se pondrán a disposición de la Secretaría General para que los transmita a la Reunión.

Se solicitará a esta Secretaría que sugiera temas y problemas que deben discutirse.

3. La Secretaría General seleccionará para la Reunión Anual al Nivel Ministe­rial los resúmenes de informes preparados en el año anterior por varios grupos de técnicos sobre los problemas económicos y sociales en general.

La Secretaría preparará también otros materiales de estudio, de carácter analí­tico y estadístico, que considere convenientes para informar a la Reunión.

D. Organización de las reuniones. La Reunión podrá durar alrededor de tres sema­nas. Las dos primeras se dedicarán a la labor de los representantes gubernamentales, expertos en las materias técnicas que se han de discutir; y la última semana, al análisis del trabajo de los expertos por representantes que, de ser posible, tendrán categoría ministerial. Para la conducción de sus labores se recomienda que la Reunión se organice en comisiones de trabajo.

E. Condiciones en que debería realizarse el examen anual

1. Las reuniones deberían realizarse en un ambiente propicio al franco inter­cambio de opiniones, para lo cual sería conveniente que el número de reso­luciones y acuerdos formales se reduzcan al mínimo.

2. El informe preparado en la Reunión no contendrá apreciaciones de apoyo o censura a los programas o políticas de ningún país en particular, pero sí deberá incluir evaluaciones generales.

3. A excepción de las plenarias, las sesiones no deben ser públicas, a menos que la Reunión decida de otro modo.

RESOLUCIÓN E

La opinión pública y la Alianza para el Progreso

La Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social al Nivel Ministerial,

Considerando:

Que la Alianza para el Progreso persigue el noble anhelo de realizar en América Latina la justicia social y afianzar el sistema democrático representativo, acelerando el desarrollo económico del Continente;

Que ese vasto Programa, para alcanzar sus objetivos, requiere la comprensión y activa cooperación de todos los pueblos de América, y

Que para conseguir esos fines es indispensable que la opinión pública esté cabal­mente informada de las causas que han determinado este movimiento, de los objetivos que él persigue y de las realizaciones que sucesivamente vayan alcanzando,

Resuelve:

1. Recomendar al Consejo de la Organización de los Estados Americanos que estudie la posibilidad de convocar, a la mayor brevedad, una Reunión Especial sobre Medios Informativos, con el fin de promover la acción más adecuada para informar a la opinión pública de estos planes de desarrollo y movilizarla en su favor.

2. Señalar al Consejo de la Organización de los Estados Americanos la nece­sidad de que el Departamento de Información Pública de esa Organización preste atención preferente a la divulgación de los esfuerzos que van a emprenderse y elabore, con la colaboración del Banco Interamericano de Desarrollo y la Comisión Econó­mica para América Latina, un programa que persiga los siguientes objetivos prin­cipales:

a) Promover la creación o el desarrollo de los medios informativos, con fines culturales y educativos en regiones de América donde no existan o sean insu­ficientes, empleando los idiomas nativos en donde sea necesario, y estimu­lando especialmente la acción de empresas informativas nacionales;

b) Fomentar la distribución y la circulación entre los países miembros, de todos los documentos y demás elementos de divulgación que tiendan a destacar la urgencia de cumplir los objetivos de la Alianza para el Progreso; a divulgar su ideario democrático y sus realizaciones, y a obtener el apoyo creciente de los pueblos del Hemisferio, reforzando en primer término los servicios infor­mativos de las oficinas regionales de los organismos interainericanos;

c) Incrementar el conocimiento recíproco de los pueblos del Continente y de las soluciones que están dando a sus problemas, dentro del espíritu de la Operación Panamericana y de la Alianza para el Progreso, favoreciendo el in­tercambio de representantes de todos los sectores sociales, especialmente estu­diantes, obreros y campesinos.

3. Recomendar a las agencias noticiosas, órganos de prensa, entidades de publi­cidad, empresas de radio y televisión y fundaciones que orienten e intensifiquen sus esfuerzos para poner término al actual desconocimiento de la realidad americana y de sus pueblos entre sí.

4. Señalar a los gobiernos y a los educadores Ja necesidad de que los centros de enseñanza contribuyan a divulgar el proceso de desarrollo economicosocial que va a inspirarse en la Alianza para el Progreso, y dotar a esos centros de los medios indis­pensables.

5. Sugerir a la Organización de los Estados Americanos y a los gobiernos de los países miembros que promuevan la realización de conferencias, seminarios y mesas redondas para dar a conocer y discutir los principales problemas económicos y sociales del Hemisferio y sus posibles soluciones dentro del marco de la Alianza para el Progreso.

6. Formular un llamamiento a la opinión pública del Continente y muy en par­ticular a los sindicatos, organizaciones gremiales y asociaciones estudiantiles a fin de que se compenetren de las proyecciones sociales de la Alianza para el Progreso y participen activamente en la divulgación de objetivos y en la discusión y ejecución de su programa.

dipublico

Entradas recientes

Gaza / Israel: Consejo de Seguridad adopta una resolución exigiendo cese al fuego

Gaza / Israel: Consejo de Seguridad adopta una resolución exigiendo cese al fuego

por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…

2 días hace

Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania

por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…

2 semanas hace

Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público – Núm. 1 (2023)

Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Internacional Público Núm. 1 (2023) ISSN: 2250-5059 @recordip Revista desarrollada…

2 semanas hace

Anuario Mexicano de Derecho Internacional – Volumen XXIV, enero-diciembre 2024

Anuario Mexicano de Derecho Internacional Volumen XXIV, enero-diciembre 2024 ISSN: 1870-4654, EISSN: 2448-7872 @IIJUNAM @anuariomexicanoderechointernacional…

2 semanas hace

ACDI – Anuario Colombiano de Derecho Internacional – Núm. 17 (2024)

ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 17 (2024) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…

3 semanas hace

Gaza / Israel: a propósito de la tercera solicitud de Sudáfrica de medidas provisionales urgentes ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) contra Israel

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…

3 semanas hace