La Décima Conferencia Interamericana,
Considerando:
Que las actividades de asistencia o cooperación técnica de los Estados Miembros o las patrocinadas por ellos requieren, para su mejor desenvolvimiento en los países que se beneficien con ellas, la disposición de material y equipos necesarios para el desarrollo de tales actividades,
Resuelve:
Reiterar a los Estados Miembros la recomendación de que se adopten las medidas administrativas y legislativas que juzguen necesarias para facilitar la importación y exportación oportuna de materiales, equipos, instalaciones y otros elementos que sean necesarios y formen parte de los trabajos relacionados con programas de asistencia o cooperación técnica.
Esta entrada fue modificada por última vez en 29/12/2020 08:24
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…