DIVISIÓN DE FUNCIONES ENTRE LA COMISIÓN ECONÓMICA PARA LA AMÉRICA LATINA Y EL CONSEJO INTERAMERICANO ECONÓMICO Y SOCIAL
La IX Conferencia International Americana,
Considerando:
Que las funciones atribuidas a la Comisión Económica para la América Latina, creada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en sesión del 25 de febrero de 1948, son esencialmente análogas a las del Consejo Interamericano Económico y Social, aprobadas en esta Conferencia; y
Que es preciso evitar la duplicación en la organización y tareas de ambos organismos;
Resuelve:
Esta entrada fue modificada por última vez en 31/07/2020 13:44
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…
por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).…