DIVISIÓN DE FUNCIONES ENTRE LA COMISIÓN ECONÓMICA PARA LA AMÉRICA LATINA Y EL CONSEJO INTERAMERICANO ECONÓMICO Y SOCIAL
La IX Conferencia International Americana,
Considerando:
Que las funciones atribuidas a la Comisión Económica para la América Latina, creada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en sesión del 25 de febrero de 1948, son esencialmente análogas a las del Consejo Interamericano Económico y Social, aprobadas en esta Conferencia; y
Que es preciso evitar la duplicación en la organización y tareas de ambos organismos;
Resuelve:
Esta entrada fue modificada por última vez en 31/07/2020 13:44
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…