MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
LEY N° 12.838
LEY:
Artículo 1° – Apruébase la ratificación a la Carta de las Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26 de junio de 1945, formulada por el Poder Ejecutivo el 8 de Septiembre del mismo año, conforme a los artículos 27, 31, 86 inciso 18; artículo 67, incisos 19, 21, 24, 25 y demás concordantes de la Constitución Nacional.
Art. 2° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, a los treinta días del mes de Agosto del año mil novecientos cuarenta y seis.
Ernesto F. Bavio.- Alberto H. Reales.- Ricardo C. Guardo.- L. Zavalla Carbó.
Registrada bajo el N° 12.838
Esta entrada fue modificada por última vez en 30/04/2018 13:48
Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…