Categorías: Noticias

Declaración Especial de los Estados Partes del MERCOSUR en respaldo a la República Argentina en defensa de la reestructuración de su deuda soberana

Declaración Especial de los Estados Partes del MERCOSUR en respaldo a la República Argentina en defensa de la reestructuración de su deuda soberana

Martes 29 de Julio de 2014
Los Presidentes y Presidentas de los Estados Partes del MERCOSUR:

Expresaron que de ninguna manera puede considerarse un proceso de “default” cuando un país solvente y líquido realiza puntualmente los pagos y se les bloquea el cobro a sus bonistas.

Reafirmaron su solidaridad y apoyo irrestricto a la posición de la República Argentina ante las decisiones legales favorables a un grupo minúsculo de tenedores de títulos de deuda soberana de la Argentina que han rechazado las condiciones aceptadas por la amplia mayoría de bonistas (92,4%).

Manifestaron su más enérgico rechazo al accionar de estos fondos hold-outs cuyo modelo de negocios obstaculiza el logro de acuerdos definitivos entre deudores y acreedores, poniendo en riesgo futuras reestructuraciones de deuda soberana y la estabilidad financiera internacional.

Valoraron el compromiso de la República Argentina de continuar pagando sus deudas y manifestaron la necesidad de que se permita el cobro por parte de los bonistas de los pagos realizados puntualmente por el país, actualmente bloqueados por decisiones judiciales a instancias de los hold-outs.

Advirtieron que el proceso de negociación debe realizarse en condiciones equilibradas y de buena fe como la única forma de alcanzar una solución justa, equitativa, legal y sustentable para el 100% de los bonistas.

Exhortaron a la comunidad internacional a pronunciarse ante esta situación, reconociendo la gravedad y el peligro que el accionar de estos fondos especulativos significa no sólo para el pueblo argentino y la región, sino también para todos los procesos futuros de restructuración de deuda soberana, tanto para los países en desarrollo como desarrollados, y para el sistema financiero internacional en su conjunto.

Caracas, 29 de julio de 2014.

 

[via rss]

Esta entrada fue modificada por última vez en 29/07/2014 22:29

dipublico

Entradas recientes

Anuario Español de Derecho Internacional – Vol. 41 (2025)

Anuario Español de Derecho Internacional Vol. 41 (2025) ISSN: 2173-3775, EISSN: 2254-660X, D.L.: NA 816-1975…

2 semanas hace

Gaza / Israel: el cerco de la justicia internacional que se va estrechando poco a poco sobre Israel y… una Costa Rica omisa

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…

2 semanas hace

Acevedo, Eva Maria c/ Manufactura Textil San Justo s/Quiebra, Fallos: 348:189

Sumarios El proceso de celebración de un tratado internacional requiere la conclusión y firma por…

2 meses hace

Gaza / Israel: recepción finalizada de escritos de cara a nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…

3 meses hace

ACDI – Anuario Colombiano de Derecho Internacional – Núm. 18 (2025)

ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Núm. 18 (2025) ISSN: 2027-1131, ISSN-e: 2145-4493 El…

3 meses hace